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Ganaderos que quieran exportar deberán registrar sus predios ante el ICA

Ganaderos que quieran exportar deberán registrar sus predios ante el ICA
A través de la resolución 003207 de 2014, el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, estableció los requisitos sanitarios para el registro de los predios productores de bovinos y/o bufalinos para sacrificio con destino a exportación a Estados Unidos y Canadá.

El fin de la medida es asegurar la condición sanitaria y la inocuidad de los productos pecuarios que se exporten de acuerdo con los requisitos sanitarios fijados en los protocolos de comercio con los países importadores.

“De conformidad con las visitas técnicas de Estados Unidos y Canadá, se consideró que a través de mecanismos de trazabilidad y control de los predios de origen se asegure la certificación del origen y permanencia de los animales en zonas libres de fiebre aftosa dentro del país, por tanto con esta medida estamos cumpliendo con esos compromisos”, aseguró el gerente general del ICA, Luis Humberto Martínez Lacouture, al tiempo que indicó que “este avance, complementa el reconocimiento efectuado por otros países, al sistema sanitario implementado por el ICA en la producción primaria dentro del proceso de admisibilidad”.

Para obtener el registro, los predios o fincas de origen de bovinos y bufalinos para sacrificio con destino a exportación de carnes o productos cárnicos, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Presentar una solicitud escrita al ICA acompañada de:

• Nombre del predio o finca productora de bovinos y bufalinos para sacrificio.

• Nombre de predio o finca de crías proveedora

• Ubicación geográfica (departamento, municipio, vereda) del predio o finca productora y sus fincas de cría proveedoras

• Nombre y apellidos del propietario, cédula de ciudadanía o nit, dirección y teléfono (fijo y celular) del predio o finca productora de bovinos y bufalinos para sus fincas de cría proveedoras.

• Población animal: número (categorías y sexo) especies

Tanto los predios productores como los predios o fincas de cría proveedoras deberán contar con:

• Registro Sanitario del Predio Pecuario vigente o actualizado ante el ICA

• RUV de vacunación de los últimos 4 ciclos de vacunación contra fiebre aftosa y brucelosis (en los predios de cría)

• Vacunación vigente contra la rabia de origen silvestre

• Certificado vigente como finca libre de tuberculosis expedido por el ICA para las fincas de cría proveedoras

• Certificado en Buenas Prácticas Ganaderas en la producción de ganado bovino y bufalino destinado al sacrificio para consumo humano

• El sistema de información, identificación y trazabilidad del ganado, IDENTIFICA, en la totalidad del ganado destinado a la exportación y de la población bovina y bufalina de las fincas proveedoras

• La asistencia técnica de un médico veterinario o médico veterinario zootecnista con tarjeta profesional.

Este modelo adoptado por el ICA permitirá avanzar en los procesos de admisibilidad de carne bovina y bufalina en mercados exigentes como los asiáticos y europeos.


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