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Supersalud ordenó medida de vigilancia especial a Capresoca

Supersalud ordenó medida de vigilancia especial a Capresoca
La Superintendencia Nacional de Salud ordenó medida de vigilancia especial a las CAPRESOCA, EPSCOMFACOR, COMPARTA, COMFAMILIAR CARTAGENA, AMBUQ, Y MANEXKA EPSI, tras identificar riesgos en los componentes: financiero, administrativo, técnico y científico que impactan la atención en salud de sus afiliados.

La medida de vigilancia especial es de carácter preventivo y busca que las entidades a las que se les impone, adelanten un plan de acción que permita subsanar en el menor tiempo posible los aspectos que la motivaron.

Los representantes legales de estas EPS tienen un plazo de 30 días calendario para presentar ante la Delegada de Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud el Plan de Acción a ejecutar el cual debe estar orientado al cumplimiento de los requisitos de habilitación financiera e indicadores de salud principalmente.
Entre los hallazgos que deben ser superados se encuentran:

Incumplimiento de uno o más indicadores del decreto de habilitación financiera 2702 de 2014, por el cual se actualizan y unifican las condiciones financieras y de solvencia de las entidades autorizadas para operar el aseguramiento en salud.

Situación financiera crítica en lo referente al pago de las obligaciones contraídas con los prestadores de servicios de salud (IPS).

Incremento significativo en el número de Peticiones, Quejas y Reclamos en las que los principales motivos son la restricción en el acceso a los servicios de salud, insatisfacción del usuario con el proceso administrativo y la deficiencia en la efectividad de la atención en salud.

Indicadores insuficientes en aspectos como vacunación, captación de maternas, detección temprana de enfermedades no transmisibles.
Supersalud ordenó medida de vigilancia especial a Capresoca
Fallas en la estructura de una red de servicios que garantice la oportunidad, integralidad, continuidad y accesibilidad.

“La medida de vigilancia especial para estas EPS contempla también la restricción para la afiliación de nuevos usuarios, así como para la aceptación de traslados de otras EPS. El levantamiento de esta limitación está sujeta al cumplimiento del plan de trabajo establecido y aprobado por esta Superintendencia”, indicó Norman Julio Muñoz, Superintendente Nacional de Salud.

La entidad también ordenó la medida de Programa de Recuperación para las EPS EMSSANAR, COMFACHOCÓ, COMFASUCRE, CAJACOPI, COMFAMILIAR HUILA, SAVIA SALUD Y ASMET SALUD, por el incumplimiento en algunos de sus indicadores financieros, asistenciales y la identificación de riesgos potenciales que de materializarse afectaría negativamente a sus afiliados.

Con esta medida, las EPS en mención deberán diseñar un plan de trabajo que propondrán a la entidad para adelantar las actividades necesarias para el levantamiento de la medida.

“Con estas medidas que hemos adoptado, buscamos proteger a los cerca de 11 millones de afiliados a estas EPS que en la actualidad son deficitarias en el cumplimiento de ciertos indicadores y esto se traduce en la afectación de la atención en salud”, agregó el alto funcionario.


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