Con sanción consistente en suspensión en el ejercicio del cargo por el término de tres meses, la Procuraduría General de la Nación sancionó a los actuales concejales de Tunja, por irregularidades en el proceso de elección del Personero Municipal.
Los concejales sancionados son: Néstor Alvarado Barrero, Lifan Mauricio Camacho Molano, Édgar Fernando Amézquita Pedraza, José Antonio Estupiñán Cáceres, Marlén Fuerte Faustino, Luis Fúneme Moreno, José Garay Barrera, Jorge Armando Garay Cómbita, Juan Antonio Garay Torres, Nelson Enrique Martínez Farias, Fabio Armando Martínez Villamil, Franchesco Geovanny Ospina Lozano, Diana Paola Rodríguez Robles, Pedro Pablo Salas Hernández, Ómar José Sanabria Muñoz, Nixon Javier Sierra Mendieta, y Calos Julio Vaca Bohórquez.
La Procuraduría Regional Boyacá consideró que los concejales incurrieron en irregularidades al aclamar como Personero Municipal de Tunja al señor José Prisciliano Arias Arias con un número de 8 votos cuando conforme a la Constitución Política y la Ley 136 de 1994 se requería un total de 9 votos.
Lo anterior por cuanto el Concejo se Tunja está conformado por 17 concejales y de acuerdo con la normatividad la elección debió efectuarse con mínimo 9 votos de los asistentes a la sesión correspondiente cumplida el día 10 de enero de 2008.
Para el Ministerio Público los concejales incurrieron en falta grave cometida a título de culpa grave al haber vulnerado los preceptos normativos aplicables sobre mayorías y señaló que lo inexcusable en este caso es que a la referida sesión asistió la totalidad de los integrantes del Concejo y así las cosas no habría lugar a interpretaciones diferentes sobre el alcance de “mayoría” citada en la norma, “estando presentes los 17, eran nueve votos mínimos requeridos para elegir al Personero válidamente.
En providencia del 19 de junio de 2008 el Consejo de Estado confirmó la decisión del Tribunal Administrativo de Boyacá de suspender el Acto que declaró la elección de José Prisciliano Arias como personero de Tunja.
El Órgano de Control concluyó que la elección del Personero de Tunja violó la exigencia normativa Constitucional y legal por cuanto al estar presentes todos los miembros que conforman el Concejo de Tunja, se hizo la elección con ocho votos cuando era claro que se requería un total de nueve.
Lo anterior está demostrado en el Acta de la sesión correspondiente, la impugnación judicial de dicha elección y los pronunciamientos posteriores que la respaldaron.
Contra la decisión procede el recurso de apelación ante la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa, por lo que sus efectos quedan en suspenso hasta que se resuelva la segunda instancia.