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José Rodolfo Pérez y Jorge Camilo Abril aseguran sus curules en la Cámara de Representantes


Los nuevos departamentos de acuerdo al Acto legislativo 01 de 2003, tienen derecho a 2 Cámaras que se eligen por un cociente con residuo, no por umbral, explicó la Registraduría nacional del Estado Civil.

El 2% del umbral opera solamente para Senado y para Cámara en los antiguos departamentos, aclaró la Registraduría.

En el procedimiento se suma el total de votos válidos de los candidatos, más votos en blanco, se dividen por el número de curules y eso se divide por las dos votaciones más altas, en el caso de Casanare, las del Partido 100% por Colombia y las del Partido Liberal.

Así las cosas le corresponden una curul al Partido Liberal en cabeza de Jorge Camilo Abril Tarache y otra al Partido 100% por Colombia en manos de José Rodolfo Pérez Suarez.

En este caso la lista del Partido 100% por Colombia es cerrada voto no preferente en la que se le voto al logo, hay tres inscritos en esa lista, por lo que la Registraduría le otorga la curul al primero en votación.

Por procedimiento según la Registraduría, la definición de la curul la harán los jueces de la República, quienes revisarán las inscripciones y la votación de cada candidato para definir la curul de del Partido 100% por Colombia, que en este caso le correspondería a José Rodolfo Pérez Suarez.

En el caso del Partido 100% por Colombia que no alcanza el umbral para mantener su personería jurídica, el derecho, la validez y la eficacia del voto no se pierde, resaltó la Registraduría.


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