Mediante decisión del 22 de mayo de 2008, el entonces procurador general de la Nación, Edgardo Maya Villazón, al resolver recurso de apelación contra el fallo de primera instancia proferido el 6 de diciembre de 2007, absolvió de responsabilidad disciplinaria a los señores Flavio Vega Barrera y Jacobo Rivera Gómez, quienes se desempeñaron como secretario general y director del Departamento Administrativo de Planeación, respectivamente, de la Gobernación de Casanare, para la época de los hechos.
En su momento, el procurador general de la Nación revocó la sanción de destitución e inhabilidad para ejercer cargos públicos y en su lugar absolvió a los exfuncionarios.
La investigación se había originado por posibles irregularidades en la celebración del contrato 692 del 23 de diciembre de 2004 para la construcción de obras para el mejoramiento de la salubridad y saneamiento en el área rural de siete municipios de Casanare.
Al resolver el recurso, se comprobó que la Administración Departamental cumplió con la elaboración de los correspondientes estudios de planeación los cuales fueron entregados oportunamente al Departamento Nacional de Planeación y al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, quienes verificaron el cumplimiento de las especificaciones técnicas, económicas y financieras previstas en el Estatuto de Contratación.
Así mismo concluyó que el supuesto incremento de los precios del proyecto está plenamente justificado como lo avalaron las entidades nacionales que dieron diferentes viabilidades al proyecto, toda vez que los precios incorporaban unos valores agregados que no se contemplaron al proferirse el fallo de primera instancia.