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Cámara de Comercio de Casanare busca candidatos a Revisor Fiscal

Cámara de Comercio de Casanare busca candidatos a Revisor Fiscal
Por Yaneth Nossa Granados

La Cámara de Comercio de Casanare, convocó a los contadores interesados en participar en el proceso de elección del revisor fiscal a presentar propuestas hasta hoy viernes a las 6:00 de la tarde.

La elección la efectuaran el jueves 4 de diciembre de 2014 entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., para el periodo enero 2015 a diciembre 2018 y será elegido mediante el voto popular de los empresarios y comerciantes afiliados a la CCC.

Por ello, la entidad está interesada en recibir propuestas que cumplan con los requisitos y especificaciones solicitadas en la invitación publicada en el portal web: www.cccasanare.co o en las carteleras de las seccionales para la “Prestación de servicios profesionales para la Revisoría Fiscal (Principal y Suplente) de la entidad, con el fin de realizar las actividades propias estipuladas o que le encomiende la Junta Directiva y que por ley o por estatutos le sean asignadas.

Las propuestas con toda la información necesaria debe presentarse en dos ejemplares de un mismo tenor (original y 1 copia), en sobres de manila marcados respectivamente, en la Secretaría Ejecutiva de la Presidencia en Yopal o las sedes de la CCC, así:

Yopal: Diagonal 16 No. 14 – 08
Aguazul: Carrera 12 No. 9 – 53
Villanueva: Carrera 13 No. 8 – 24
Paz de Ariporo: Carrera 9 No. 6 - 45
Trinidad: Calle 6 No. 3 – 55

Dueños de las Cámaras de Comercio

“Las cámaras de comercio son de los empresarios afiliados”, así lo estableció el gobierno nacional por medio de la Ley 1727 modificando el artículo 79 del Código de Comercio quedando así:

“Las Cámaras de Comercio estarán administradas y gobernadas por los comerciantes inscritos en el registro mercantil que tengan la calidad de afiliados”.

Por lo anterior, los empresarios afiliados a la Cámara de Comercio de Casanare, jugaran un papel importante este 4 de diciembre de 2014, donde podrán elegir y ser elegidos quienes durante los 2 años hayan conservado ininterrumpidamente la calidad de afiliados y la mantengan hasta el día de las elecciones.

También esta Ley modifico el artículo 82 del Código de Comercio, estableciendo que “con excepción de los miembros designados por el Gobierno Nacional, los miembros de las Junta Directiva serán elegidos para un período institucional de a cuatro años (diciembre 2014 – diciembre 2018) con la posibilidad de reelección inmediata por una sola vez.

Los miembros designados por la Presidencia de la República no tendrán periodo y serán designados y removidos en cualquier tiempo.


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