El autor de la demanda contra la elección del alcalde de Paz de Ariporo, Edgar Bejarano por presunta inhabilidad para ejercer sus funciones solicitó a la Procuraduría Regional de Cundinamarca que agilice la investigación.
El proceso permaneció en la Procuraduría Regional de Casanare durante tres años y medio, sin que se hubiera emitido fallo.
“Es lamentable la lentitud del Ministerio Público en pronunciarse, cuando se presentaron las pruebas para demostrar que el alcalde Bejarano estaba inhabilitado para ser elegido”, afirmó el demandante Heriberto González.
Según el demandante, Edgar Bejarano García intervino en la gestión de un aporte por $ 15 Millones 700 mil pesos ante el Ministerio de Cultura a través del Club Folclórico Alcaraván de Oro, siendo coordinador general del mismo, los cuales fueron ejecutados por la Gerente, que es su esposa.
Los recursos se tramitaron un año antes de su inscripción como candidato a la Alcaldía de Paz de Ariporo.
Según la investigación de la Procuraduría, al parecer el investigado se benefició políticamente de su condición de miembro activo del Club Festival Folclórico Estudiantil Alcaraván de Oro para hacerse elegir como alcalde, configurándose en una violación al Régimen de Inhabilidades.
“El mandatario se inscribió como candidato a la Alcaldía de Paz de Ariporo, resultó electo y tomó posesión del cargo pese a encontrarse inhabilitado, toda vez que era miembro activo del Club Festival Folclórico Estudiantil Alcaraván de Oro del citado municipio”, señaló el ente de control.
En su condición de coordinador general del precitado club, el investigado intervino en la gestión de unos recursos para una actividad de vaquería ante el Ministerio de Cultura, un año antes de su inscripción como candidato. Estos recursos fueron ejecutados con intermediación de la gerente del referido club, con quien para la época de los hechos tenía sociedad conyugal o de hecho vigente.
De acuerdo con el material probatorio recaudado, valiéndose de aquel evento cultural el investigado habría realizado proselitismo político usando recursos del Estado colombiano en provecho de su campaña.
En esta etapa del proceso la conducta desplegada por alcalde de Paz de Ariporo se enmarcó como gravísima en la modalidad de dolosa, pues a juicio del órgano de control el implicado debió suponer que no podía inscribirse como candidato, en virtud de lo preceptuado en el ordenamiento legal que regula las inhabilidades de los funcionarios públicos.