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Tribunal aceptó tutela por Condominios estrato 5 en Yopal que al parecer no cuentan con PTAR adecuada

miguelangelok | Yopal | | comentarios: 3
Tribunal aceptó tutela por  Condominios estrato 5 en Yopal que al parecer no cuentan con PTAR adecuada
El Tribunal Administrativo de Casanare aceptó una tutela frente a las problemáticas ambientales y sanitarias generadas por dos condominios que al parecer no cuentan con una planta de tratamiento de aguas residuales adecuada.

Los condominios campestres están ubicados en el kilómetro 6 vía Matepantano a 10 minutos del centro de Yopal.

Según los urbanizadores están en el eje de mayor desarrollo de vivienda campestre y ofrecen lotes de 800 m2 aproximadamente y viviendas de 290 m2 en primera planta incluyendo piscina y de 130 m2 en segunda planta a lo que se suma una espectacular terraza con BBQ y jacuzzi de 72 m2.

Dichos condominios “Tierra de Flores” y “Vitrina del llano”, han sido comparados con el caso de la ciudadela la bendición pero en estrato 4 o 5.

Las licencias fueron aprobadas por Rubiel Vargas en el 2011 y Lucia Gaona en 2014.

La acción de tutela figura bajo el radicado 850012333-000-2015-00150-00. El Accionante es Libardo Jaramillo Yepes y los Accionados el Municipio de Yopal, Corporinoquia y Carlos Arturo Amaya, urbanizador de dichos condominios. Igualmente está vinculada la Constructora Sol de Oriente.

La Acción que fue aceptada esta semana en el Contencioso Administrativo, tutela los derechos a la salud, el ambiente sano y la precisión de riesgos, ya que según los afectados el urbanizador construyó un remedo de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales la cual no funciona, por lo que se cuestiona la resolución por la cual Planeación municipal expidió en el 2011la licencia de construcción para el proyecto de comercio y servicios, sin demostrar por parte del urbanizador que tenía garantizados los servicios públicos, especialmente los de agua y alcantarillado.

Igualmente que Corporinoquia debió expedir licencia para el aprovechamiento de aguas subterránea para el proyecto y para el sitio de disposición de aguas residuales.
Argumenta la tutela que ni el municipio de Yopal, ni Corporinoquia, han realizado vigilancia, control y seguimiento a las obligaciones del urbanizador Carlos Arturo Amaya.

En la actualidad ante las deficiencias de la PTAR y el número de usuarios presenta fallas constantes y genera contaminación ambiental por malos olores, insectos voladores y roedores.
Tribunal aceptó tutela por  Condominios estrato 5 en Yopal que al parecer no cuentan con PTAR adecuada
El Tribunal le dio tres (3) días hábiles a la Alcaldía de Yopal para que conteste la demanda y rinda un informe, si dentro de la información y documentación con que cuenta el citado ente territorial existen los proyectos de construcción "Tierra de Flores" y "Vitrina del Llano".

En caso afirmativo, quién es la persona responsable de los mismos, cuál es el trámite administrativo que se les ha dado y cuál es el estado actual de los proyectos, aclarando cuál es su naturaleza (licencias para construcción, loteo, proyectos de vivienda etc.).

Con el informe deberán allegar además copia de los documentos que conforman la totalidad de la actuación administrativa adelantada para esos efectos.

En caso de que no exista proyecto o proyectos registrados, informar además si tienen o no conocimiento de la existencia de hecho de los citados proyectos y cuáles son las actuaciones policivas o de otra índole que ha adelantado o se encuentra adelantando la administración municipal para garantizar el uso adecuado del suelo, según las disposiciones constitucionales, legales sobre la materia y el POT vigente.


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