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LA REGISTRADURÍA NACIONAL ADELANTA GESTIONES EN CONTRA DE 33.831 JURADOS QUE DEJARON DE PRESTAR SU SERVICIO DURANTE LAS ELECCIONES 2010

LA REGISTRADURÍA NACIONAL ADELANTA GESTIONES EN CONTRA DE 33.831 JURADOS QUE DEJARON DE PRESTAR SU SERVICIO DURANTE LAS ELECCIONES 2010
Después de los tres eventos electorales realizados en 2010, la Registraduría Nacional del Estado Civil, a través de la Coordinación de Cobros Coactivos de la Oficina Jurídica, adelanta gestiones en contra de 33.831 ciudadanos que fueron designados como jurados de votación y que no asistieron a cumplir con este deber legal de forzosa aceptación.

Para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el 30 de octubre en todo el territorio nacional, la Registraduría convocó a 615.085 ciudadanos entre los 18 y los 60 años de edad para prestar su servicio como jurados de votación. Los jurados que no asistan a prestar su servicio serán sancionados con multas equivalentes a 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes, es decir $5.150.000, o la destitución del cargo si son funcionarios públicos.

Aunque actualmente se revisa la situación de 33.831 jurados que no asistieron el día de las elecciones, el número de posibles sancionados puede aumentar, debido a que a la fecha las Delegaciones Departamentales de Antioquia, Atlántico y Risaralda, aún están consolidando la información de todas las Registradurías Municipales y Especiales, la cual debe ser remitida a la Coordinación de Cobros Coactivos para la revisión de cada caso en particular.

Durante el año 2011 la Registraduría ha recaudado $142.426.628 por concepto de procesos en contra de jurados de votación, mientras en 2010 un total de $188.773.155 se recaudaron, cifra que prácticamente triplica el recaudo logrado por dicho concepto en el año 2009, año en el que ingresaron $65.597.257 al Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

La revisión de las resoluciones de sanción implica analizar cada caso particular a fin de ofrecer todas las garantías procesales y recaudar el valor de la sanción que fue impuesta por los Registradores Distritales, Especiales y Municipales, facultados para imponer las respectivas multas a los ciudadanos que no prestaron su servicio de jurados sin justa causa.

Los jurados sancionados que desatiendan el cobro persuasivo, la Coordinación de Cobros Coactivos de la Registraduría Nacional impondrá hasta medidas cautelares, como el embargo o el secuestro de bienes, a fin de lograr el efectivo recaudo de las multas, que pueden llegar hasta a 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La Registraduría Nacional del Estado Civil conoce únicamente de las sanciones a los ciudadanos particulares que no prestaron su servicio de jurados, ya que los servidores públicos que no asistieron a cumplir su función como jurados el día de la elección son sujetos a proceso disciplinario en su respectiva Entidad y pueden ser sancionados con la destitución de su cargo.

Según el Artículo 105 del Código Electoral “el cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación”. El incumplimiento de las obligaciones le puede acarrear a los ciudadanos designados, sanciones de hasta 20 años de inhabilidad para ejercer cargos públicos tanto a los servidores del Estado como a los particulares que al ser jurados asumen funciones públicas transitorias.

Las causales de exoneración para prestar el servicio de jurados son taxativas y están contempladas en el artículo 108 del Código Electoral y son:
• Grave enfermedad del Jurado o su conyugue, padre, madre o hijo
• Muerte del Jurado o de su conyugue, padre, madre o hijo ocurrida el día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores de la misma
• No ser residente del lugar donde fue asignado
• Ser menor de 18 años
• Haberse inscrito y votar en otro municipio


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