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CONTRIBUYENTES DE YOPAL: A PAGAR PLATOS ROTOS

CONTRIBUYENTES DE YOPAL: A PAGAR PLATOS ROTOS
Por Rubiel Vargas Pinto*

El nuevo estatuto de rentas de Yopal fue aprobado el 9 de diciembre de 2012 y sus efectos apenas se están viendo cuando los contribuyentes se acercan a pagar su impuesto predial. Este nuevo estatuto fue justificado (según la misma exposición de motivos del proyecto de Acuerdo) como una forma de “mantener y aumentar los recursos que para los temas de inversión social autorizados en la ley anterior (salud, educación, saneamiento básico, reducción de la mortalidad infantil), recibía por concepto de regalías petroleras”.

Significa lo anterior, que a iniciativa de la Administración Municipal y con el visto bueno del Concejo Municipal (14 concejales), los ciudadanos de Yopal tendrán que pagar los platos rotos de la reforma constitucional que le despojó de algunos recursos de regalías a zonas productoras.

Platos rotos que podrían haberse solucionado con otros instrumentos financieros como el de gestión, pues la misma reforma a las regalías, creó los fondos de desarrollo regional, de ciencia, tecnología e innovación y el fondo de compensación regional, donde solo con la presentación de proyectos se puede gestionar cuantiosos recursos de inversión.

Sin embargo, la Administración Municipal tomó el camino más fácil incrementando algunos impuestos como el predial, creando otros nuevos como la sobretasa ambiental y retomando otros como el cobro de alumbrado público que estaba a cargo de la misma Administración.

IMPUESTO PREDIAL
CONTRIBUYENTES DE YOPAL: A PAGAR PLATOS ROTOS

La gráfica resume el comportamiento del impuesto predial antes y después de la modificación. Significa que en los predios con menor avalúo catastral, por lo menos se incrementó en 42% el impuesto predial, pasando de tarifas del 3.5 al 5xmil, y en los de mayor avalúo, el incremento alcanza hasta un 220%, teniendo en cuenta que la tarifa anterior estaba en 5 y ahora quedó en 16xmil. Afortunadamente una ley nacional, exige que “no podrá exceder del 25% del monto liquidado por el mismo concepto en el año inmediatamente anterior”, y los ciudadanos podrán reclamar, sin embargo para el 2014 y mientras no se vuelva a modificar el estatuto actual, un ciudadano del común que pagaba el año anterior $ 122.000, quedará pagando $ 226.000 con la sobretasa ambiental. Este incremento le representará a la Alcaldía de Yopal pasar de un recaudo por predial en el 2009 de 3.720 millones a 25.000 en el último año del gobierno Celemin (conforme a tabla proyección de ingresos de la propia Secretaría de hacienda municipal, pagina 44 exposición de motivos – Proyecto de Acuerdo).

SOBRETASA AMBIENTAL

Anteriormente, el municipio giraba a la Corporación Autónoma Regional CORPORINOQUIA el 15% del total del recaudo del predial es decir, el contribuyente no tenía que asumir dicho gravamen. Ahora, con el nuevo estatuto aprobado, el contribuyente debe liquidar el 1.5 por mil del avaluó del bien, lo que quiere decir que adicional al aumento del predial, un propietario de una vivienda que tenga un avalúo catastral de $ 100.000.000, tendrá que pagar adicionalmente $ 150.000 con destino a la Corporación ambiental.

IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO (ICA)
CONTRIBUYENTES DE YOPAL: A PAGAR PLATOS ROTOS

La gráfica evidencia el aumento en la tarifa del ICA tomando como ejemplo las actividades industriales, aumento que también aplica para actividades comerciales y de servicios. Pero aún más preocupante, son las exenciones aprobadas en el artículo 65, donde si bien es cierto dichas exenciones buscan generar empleo, la gran diferencia entre las ventajas que tendrán las empresas nuevas que llegan al municipio y las que están radicadas, son enormes (hasta 10 años de exención de ICA), lo que hará que muchas empresas radicadas cambien sus razones sociales, entre muchas “trampas” para buscar acceder a dichas exenciones e incluso, se generará ilegalidad e informalidad, para evadir el pago de estos impuestos.

El nuevo estatuto también incluyó la obligación de todos los comerciantes de registrarse en el RITY (Registro de información Tributaria de Yopal) lo cual busca hacer un mejor seguimiento del recaudo, así como la obligación de practicar retención en la fuente a título de industria y comercio y declarar bimestralmente lo cual generará mayores gastos administrativos a la mayoría de comerciantes.

ALUMBRADO PUBLICO

Afortunadamente, aun no se ha empezado a generar este cobro, sin embargo muy pronto empezarán a llegar las facturas del servicio de energía con el cobro adicional de alumbrado público, el cual tiene como sujeto pasivo “todas las personas residentes en la jurisdicción del Municipio de Yopal”, es decir todos estamos obligados a pagar, lo que antes era asumido por la misma Alcaldía. Las tarifas definidas en el artículo 154 van desde 5.4 hasta 16 %, pasando por los comerciantes que tendrán una tarifa del 14 %. El ejemplo más común, es que quien pague un recibo de un millón en energía, adicional tendrá que pagar $ 140.000 mensuales, es decir un aumento de $1.680.000 al año.

Otros impuestos, tasas y contribuciones como la plusvalía, valorización, delineación urbana, Tasa contributiva para el servicio de estratificación, contribución voluntaria provisional para el deporte, tasa por estacionamiento, coso municipal, avisos y tableros, publicidad exterior, impuesto de espectáculos públicos, impuesto de circulación de vehículos de servicio público, impuesto de degüello, sobretasa de actividad bomberil, sobretasa a la gasolina, estampillas pro cultura y adulto mayor, contribución especial sobre contratos de obra público o seguridad, etc etc, serán objeto de debate y controversia sin embargo, lo que sí es claro, es que con la modificación del estatuto de rentas se logra pasar de 25mil millones por ingresos tributarios en el 2009 a más de 100 mil millones en el último año del gobierno “con sentido social”.

*RUBIEL VARGAS PINTO - Ingeniero, Especialista en Gobierno y Gestión Pública


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