El comando de la Fuerza de Tarea Quirón entregó detalles de la restricción al porte de armas de fuego en la Zona Veredal de Transición a la Normalización (ZVTN) del departamento de Arauca, vigente desde las 00:00 horas del pasado jueves 13 de abril hasta las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2017.
Se exceptúan de la medida y no requerirán permiso especial, el personal activo de la Fuerza Pública que sean titulares de permisos para porte de armas de fuego para su defensa personal; La reserva activa de la Fuerza Pública y Oficiales de la Reserva.
Igualmente, los Congresistas y Secretarios Generales de la Cámara de Representantes y del Senado de la República; los Ministros de Despacho; Magistrados de las altas cortes y de los Tribunales; el Fiscal General de la Nación, jueces y fiscales de todo orden; el Procurador General de la Nación, los Procuradores Delegado I y II ante la Corte Suprema de Justicia, en el área penal; el Contralor General de la República; los Gobernadores, Diputados, Alcaldes municipales y Concejales.
Tampoco deportistas y coleccionistas de armas de fuego debidamente acreditados y con los permisos de tenencia para armas deportivas vigentes y tenencia con vigencia permanente respectivamente, quienes deberán transportar las armas dentro de sus vehículos, descargadas y sin proveedor puesto; para actividades y competencias deportivas o eventos de coleccionistas; según sea el caso. De todas formas, se requerirá permiso especial para porte de armas previo cumplimiento de los requisitos, para las armas de fuego autorizadas para la defensa personal y uso restringido.
Así mismo, se exceptuarán de la medida de suspensión de la vigencia del permiso para porte y no requerirán permiso especial, siempre y cuando el permiso para porte se encuentre expedido a nombre de las entidades públicas, Fiscalía General de la Nación, Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la República, El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario – INPEC, La Unidad Nacional de Protección del Ministerio del Interior, Dirección Nacional de Inteligencia, Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia con funciones de Policía Judicial, Empresas de vigilancia y seguridad privada, departamentos de seguridad y empresas transportadora de valores, que tengan autorizada la modalidad de escolta y los supervisores; todos debidamente acreditados, al igual que las misiones diplomáticas acreditadas en el país.