En noviembre de 2002 el entonces Gobernador de Casanare, William Hernán Pérez, y Sergio Manuel Hernández Gamarra, como rector de la Universidad de Cartagena, suscribieron un contrato interadministrativo en el cual la Universidad se comprometía a ejecutar las labores de interventoría técnica, administrativa y financiera en varios proyectos del plan de desarrollo del Departamento.
Proyectos como la “construcción (de) alcantarillado de aguas lluvias en los municipios de Yopal y Monterrey, construcción de los acueducto (sic) del Municipio de Paz de Ariporo y Maní, construcción del alcantarillado sanitario del municipio de Sabanalarga, construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales del municipio de Villanueva, Departamento de Casanare y la construcción de la primera etapa, plan centro del municipio de Yopal”.
El valor del contrato, se fijó inicialmente en $2.635 millones, pero por adiciones terminó en más de $6.300 millones.
En diciembre de ese año, se firmó otro contrato por 23 mil millones de pesos, que terminó siendo de $121 mil millones, en el que la Universidad se comprometía a hacer el manejo de recursos y la ejecución públicas de distinta índole como infraestructura vial, infraestructura hospitalaria, acueductos y alcantarillados, instalación de redes eléctricas, suministro de materiales, entre otros.
La investigaciónEn agosto de 2003 el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), evidenció que la Universidad de Cartagena no contaba con la infraestructura requerida para cumplir con dichos contratos y que los mismos presentaban significativos sobrecostos.
La Corte Suprema de Justicia, de hecho, señaló que la como la Universidad no contaba con la capacidad administrativa, económica, técnica ni logística para el cumplimiento del objeto de estos contratos, el rector suscribió el 7 de abril de 2003 un contrato “de consultaría” con la Sociedad de Servicios de Ingeniería Limitada (SDI), por valor de mil millones de pesos para hacerlo.
Igualmente, la Corte indicó que no podía dejar de precisar “que la contratación directa realizada por la Universidad de Cartagena, para la administración y ejecución de los convenios marco celebrados con la del Departamento de Casanare, resultaba abiertamente ilegal, como quiera que las actividades a cumplir no tenían ninguna relación directa ni próxima con su objeto institucional”.
“(…)la Universidad carecía por completo de la capacidad administrativa, económica, técnica y logística para llevar a cabo el objeto contratado con el Departamento de Casanare, situación de la que el procesado tenía pleno conocimiento, y que lo pretendido con esta contratación era simplemente y llanamente que la Universidad sirviera de intermediaria en una triangulación ilícita, con el fin de burlar el régimen contractual previsto en la Ley 80 de 1993, intención que quedó inequívocamente refrendada con la firma de los contratos de consultoría mediante los cuales la Universidad le entregó a la Sociedad de Servicios de Ingeniería Limitada (SDI) la gerencia, administración y ejecución del contrato interadministrativo 867/02”, precisó la Corte.
Hernández Gamarra deberá pagar como multa al departamento de Casanare un total de 834 millones de pesos por los perjuicios causados con su actuación.
Perdió Hernández GamarraLa Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena a 15 años de prisión proferida en contra del ex rector de la Universidad de Cartagena, Sergio Manuel Hernández, por dichas irregularidades en contratos firmados con la Gobernación de Casanare, para la adecuación de obras como el acueducto y el alcantarillado de Yopal.
La Corte analizó la demanda de casación interpuesta por la defensa del ex rector, pero desestimó sus argumentos y dejó en firme la condena emitida el 25 de marzo de 2011 por el Tribunal Superior del Distrito de Yopal por los delitos de peculado por apropiación y celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales.