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Comerciantes eligieron Junta Directiva 2019 - 2022

Comerciantes eligieron Junta Directiva 2019 - 2022
Por Nidia Yaneth Nossa Granados

Los empresarios y comerciantes afiliados a la Cámara de Comercio de Casanare (CCC), eligieron la nueva Junta Directiva de la entidad, para el periodo comprendido entre el 2019 al 2022, que inicia en enero de 2019.

Las elecciones se realizaron en las sedes de la entidad en Yopal, Villanueva, Monterrey, Tauramena, Maní, Aguazul, Trinidad y Paz de Ariporo, sufragaron 218 de los 297 empresarios afiliados aptos para votar.

Eligieron seis miembros principales con sus correspondientes suplentes.

Comerciantes eligieron Junta Directiva 2019 - 2022






















La jornada, que se efectuó desde las 8:00 de la mañana hasta las 4:00 de la tarde, transcurrió en total armonía, constituyéndose en un amplio debate democrático para el gremio empresarial.

En esta misma línea como revisor fiscal los afiliados eligieron como principal a Mercedes Cortes Pulido con suplencia de Marilyn Gómez Tuay (Trinidad).

El presidente ejecutivo de la CCC, Carlos Rojas Arenas, celebró que en la nueva junta hay comerciantes de Villanueva y Paz de Ariporo como principales, como son Edison Silva Ramírez y Misael Ángel Castillo Silva, respectivamente, además del comercio tradicional de Yopal, como Freddy Melo. Así mismo, dijo que, con este órgano colegiado, lo importante es seguir trabajando en temas de innovación, competitividad empresarial, continuar en el papel clave para el desarrollo económico del departamento, afianzar los clúster de turismo, ganadería, piña, petróleo y gas.

Según el Artículo 7 de la Ley 1727 de 2014 de la gobernabilidad y funcionamiento de las Cámaras de Comercio los miembros de la Junta Directiva actuarán de buena fe, con lealtad, diligencia, confidencialidad y respeto con la entidad y su equipo de trabajo.

La Junta Directiva, en el desarrollo de sus funciones, será responsable de la planeación, adopción de políticas, el control y la evaluación de gestión de la respectiva entidad. Se abstendrá de coadministrar o intervenir en la gestión y en los asuntos particulares de su ordinaria administración, por fuera de sus competencias legales y estatutarias.

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