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EXIGEN MEDIDAS SANITARIAS Y DE SEGURIDAD PARA PISCINAS Y ESTRUCTURAS SIMILARES

EXIGEN MEDIDAS SANITARIAS Y DE SEGURIDAD PARA PISCINAS Y ESTRUCTURAS SIMILARES
El Ministerio de Salud y Protección Social y la Secretaria de Salud Departamental capacitaron a los referentes de salud y técnicos de salud de los municipios sobre las medidas sanitarias y de seguridad para piscinas y estructuras similares de uso colectivo.

La capacitación que se realizó los días 20 y 21 de junio en la Triada, permitió aclarar las medidas de seguridad que deben cumplir las piscinas de públicas y privadas de uso colectivo con el objetivo de evitar accidentes, problemas de salud y proteger la vida de los usuarios y que están contempladas en la Ley 1209 de 2008:

En la normatividad vigente se establece que:

1. Se debe garantizar un sistema de circulación de agua óptimo, realizando controles de las características físicas, químicas y microbiológicas en el tratamiento y uso de las aguas, hacer toma de muestreos de superficie: zonas de tránsito interno de cerramiento, andenes, baños, duchas, vestidores, lavapiés y zonas húmedas para efectuar análisis de hongos, así como implementar campañas de educación sanitaria y divulgar las obligaciones que tienen los bañistas para preservar la calidad del agua y el buen uso de las piscinas y estructuras similares.

2. Garantizar la presencia de salvavidas entrenados durante las horas de funcionamiento de las piscinas.

3. No se debe permitir el acceso a menores de doce (12) años sin la compañía de un adulto; se deberá tener un botiquín de primeros auxilios con material para curaciones; permanecer en el área de la piscina por lo menos dos (2) flotadores circulares con cuerda y un bastón con gancho, así como escribir en colores vistosos y en letra grande, visible con claridad para cualquier persona la profundidad máxima de la piscina.

4. Es obligatorio implementar dispositivos de seguridad y barreras de protección y control de acceso a la piscina (encerramiento), detectores de inmersión o alarmas de agua que activen inmediatamente un sistema de alarma provisto de sirena y protección para prevenir entrampamientos (El atrapamiento sucede cuando parte del cuerpo de un niño es atraído a un drenaje, producto de una potente succión del sistema de circulación de agua, o cuando se introduce un brazo o una pierna por una rejilla o cubierta averiada o fuera de lugar).

La inspección, vigilancia y control sanitario sobre las piscinas debe ser ejercido por las autoridades sanitarias de nivel departamental y municipal a través de visitas periódicas que garanticen el cumplimiento de las buenas prácticas sanitarias.


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