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8 claves del acuerdo de justicia y víctimas entre el Gobierno y las FARC

8  claves del acuerdo de justicia y víctimas entre el Gobierno y las FARC
El Gobierno Nacional resumió en 8 puntos el documento firmado esta semana en la Habana (Cuba), considerado definitivo en el futuro del proceso de paz con la guerrilla de las FARC.

1. Se logró acuerdo en uno de los temas más complejos de la negociación.

• Este es un acuerdo único en la historia de las negociaciones y conflictos armados: pone a las víctimas en el centro del acuerdo y tiene como prioridades la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición. Es un acuerdo con justicia y sin impunidad.

• Este acuerdo es hecho en Colombia para Colombia. El modelo creado responde a la realidad del conflicto colombiano y se ajusta a la Constitución y a las leyes del país.

• El acuerdo respeta las normas internacionales establecidas por la Corte Penal Internacional.

2. No habrá impunidad

• No habrá amnistías ni indultos generales.

• Este es un sistema diseñado para lograr el máximo de justicia que nos permita la paz.

• Solo los delitos políticos y conexos podrán ser objeto de indulto o amnistía.

• Los crímenes de guerra y de lesa humanidad como secuestro, violencia sexual o reclutamiento de menores no serán indultados ni serán objeto de amnistía.

• Se establecen tres tipos de sanciones:

a. Entre 5 y 8 años de restricción efectiva de la libertad para quienes acepten su responsabilidad y digan la verdad.

b. Entre 5 y 8 años de cárcel para quienes lo hagan tardíamente.

c. Hasta 20 años de cárcel a quienes no reconozcan responsabilidad y sean condenados.

• Los sitios específicos donde serán ejecutadas las sanciones serán definidos por el Tribunal para la Paz.

• Para quienes sean condenados por el Tribunal para la Paz, habrá mecanismos efectivos de control, vigilancia y monitoreo.

3. Los derechos de las víctimas serán garantizados

• El Sistema Integral de Justicia creado en el acuerdo protege los derechos de las víctimas y comprende los mecanismos necesarios para conocer la verdad, imponer justicia, realizar acciones de reparación y garantizar la no repetición de los actos violentos.

• Las víctimas serán reparadas. La reparación a las víctimas no será solo simbólica. También será material.

• Las partes se comprometen a reparar a las victimas con medidas de restitución, rehabilitación, indemnización, satisfacción y no repetición.

• Además, las partes se comprometen a pedir perdón públicamente y a participar en actividades como reconstrucción de infraestructura, desminado, sustitución de cultivos ilícitos, restitución de tierras, búsqueda de desaparecidos y acciones para restaurar daños al medio ambiente.

• Las FARC aceptaron reparar materialmente a sus víctimas.

• La verdad será prioritaria para el proceso. Para ello operará una Comisión de la Verdad.

4. Las FARC aceptan su responsabilidad en el conflicto.

• Las Farc aceptan por primera vez someterse a la justicia colombiana y pagar por los delitos que pudieron haber cometido en medio del conflicto.

• Las FARC aceptan, por primera vez, que han dejado víctimas en el conflicto colombiano.

• Las FARC aceptan decir la verdad, someterse a la justicia colombiana, reparar a sus víctimas y no repetir sus actos violentos.

5. Las FARC no escogerán a sus jueces.

• Los jueces del Tribunal para la Paz no serán escogidos por las FARC.

• Serán personas que deben cumplir con los mismos requisitos que un magistrado de las altas cortes de Colombia.

• El Tribunal será en su mayoría conformado por colombianos. Habrá un número mínimo de jueces internacionales.

6. No se negoció con las FARC cómo juzgar a miembros de las FF.AA.

• Para los agentes del Estado, en especial militares y policías, el Estado desarrollará un régimen especial, simultáneo, equilibrado y equitativo.

• No se equiparará a los miembros de las FF.AA. con los miembros de las FARC.

• Habrá tratamiento diferenciado pero no más severo para los miembros de las FF.AA. que hayan cometido delitos en el conflicto interno, con base en el reconocimiento de que ellos usan de manera legítima la fuerza en nombre del Estado.

• Se evitará, como ocurrió en acuerdos en el pasado, que miembros de la guerrilla reciban beneficios mientras miembros de las FF.AA. sean condenados.

7. Los civiles que hayan tenido responsabilidad en el conflicto podrán someterse a la justicia transicional

• Los civiles podrán acogerse al Sistema Integral de Justicia, rendir cuentas y contribuir a la satisfacción de los derechos de las víctimas para resolver su situación jurídica.

• La participación de terceros en el conflicto colombiano solo constituirá un delito si no ha sido el resultado de coacción o amenazas.

8. La paz está más cerca que nunca

• Con el acuerdo en el punto de víctimas se completan cuatro de los cinco puntos temáticos que componen la agenda de negociaciones.

• La mesa de negociación ahora se concentrará en el punto de Fin del Conflicto, que se viene trabajando hace meses, desde la subcomisión creada para tal fin liderada por el General Javier Flórez.

• El cese al fuego bilateral se establecerá cuando sea definitivo, verificable, seguro y con todas las garantías para los colombianos.

• No hay motivos para modificar el plazo del 23 de marzo, establecido por las partes, para cerrar la negociación en La Habana.

• El 2016 será el año de la paz en Colombia.

Preguntas frecuentes sobre el acuerdo de justicia y víctimas

¿Habrá cárcel para los guerrilleros?

• Quienes no reconozcan su responsabilidad en el conflicto y sean hallados culpables recibirán condenas de cárcel entre 15 años y 20 años.

• Quienes ingresen a la Jurisdicción Especial para la Paz, digan la verdad y se comprometan a reparar a las víctimas de forma tardía, antes de que se dicte la sentencia, recibirán condenas de cárcel entre 5 y 8 años.

• Quienes ingresen a la Jurisdicción Especial para la Paz, digan la verdad y se comprometan a reparar a las víctimas, recibirán sanciones de restricción efectiva de la libertad entre 5 y 8 años, que comprenden restricciones a la libertad de movimiento y de residencia.

• La restricción de libertad será objeto de un sistema de seguimiento, monitoreo y vigilancia para garantizar su cumplimiento.

• Las restricciones efectivas de la libertad serán definidas por el Tribunal Especial para la Paz.

• El beneficio de la restricción de la libertad se mantendrá siempre y cuando los miembros de las FARC cumplan con sus compromisos con las víctimas y la sociedad colombiana.

¿Habrá indultos o amnistías?

• Solo habrá indultos y amnistías para delitos políticos.

• No serán objeto de amnistía ni indulto: los delitos de lesa humanidad, el genocidio, la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, el desplazamiento forzado, y el reclutamiento de menores.

• El secuestro de civiles no será indultado.

¿Las FARC repararán a sus víctimas?

• Las FARC por primera vez han aceptado su responsabilidad en el conlicto y se han comprometido a reparar materialmente a las víctimas con sus bienes y recursos.

• La reparación por parte de las FARC también comprende acciones simbólicas como actos públicos para pedir perdón.

• Además, las FARC realizarán actividades reparadoras de desminado, sustitución de cultivos, restitución del daño ambiental y reconstrucción de infraestructura.

¿Quién asumirá los costos de la reparación a las víctimas?

• Cuándo y cómo se dará la reparación a las víctimas será definido por La Jurisdicción Especial para la Paz, así como los mecanismos para la recuperación y gestión de los recursos y bienes de la guerrilla que serán utilizados para la reparación.

• Las FARC, el Estado y otros actores involucrados en el conflicto serán quienes asuman los costos de la reparación a las víctimas.

¿Las FARC escogerán sus propios jueces?

• No. El mecanismo con el cuál se decidirá la composición de los magistrados que hagan parte de Jurisdicción Especial para la Paz no se ha definido, pero está claro que ninguno de sus miembros será escogido por las partes.

• Los requisitos que quedaron estipulados en el acuerdo dan plena garantías en cuanto a la autonomía, independencia e idoneidad moral de los magistrados.

• No es cierto que las FARC vayan a escoger sus jueces.

¿La Jurisdicción especial de Paz iguala a la Fuerza Pública con Las FARC?

• En Cuba no se negoció la suerte de las FFAA.

• Será el Gobierno el que tome estas decisiones. que tendrán que ser equivalentes y proporcionadas a los beneficios que reciban las FARC. Será un tratamiento diferenciado pero no más severo, con base en el reconocimiento de que los militares y policías usan de manera legítima la fuerza en nombre del Estado.

• El Gobierno no permitirá que se repitan los errores del pasado, en los que los guerrilleros recibían beneficios jurídicos y los militares eran enviados a la cárcel.

• Los miembros de la Fuerza Pública que hubieren cometido algún delito con ocasión del conflicto podrán acceder a la Jurisdicción Especial de Paz para resolver su situación jurídica.

¿Cuáles civiles tendrán que comparecer ante la Jurisdicción Especial de Paz?

• La Jurisdicción solo podrá obligar a comparecer aquellas personas frente a las que existen bases suficientes para entender que participaron en la comisión de delitos graves.

• Cualquiera que haya cometido delitos en el contexto del conflicto debe responder ante la ley. La Jurisdicción Especial, sin embargo, otorga beneficios jurídicos a cambio de la decisión de contribuir a la reconciliación nacional.

• Quien haya sido coaccionado a financiar grupos armados ilegales (extorsión, vacuna, boleteo) no tendrá que comparecer ante la Jurisdicción.

• La participación de los civiles en la Jurisdicción de Paz no será definida en la Mesa de Conversaciones de La Habana.

¿En el acuerdo quedó la prohibición de extraditar a los miembros de las FARC? ¿El Gobierno no viola con esto los acuerdos internacionales?

• No se incumplen acuerdos internacionales porque la decisión de extraditar a un nacional colombiano es discrecional del Presidente de la República.

• Es obvio que nadie firmará un acuerdo de paz para ser extraditado, por eso el acuerdo es claro en que no habrá extradición para hechos anteriores a la firma del acuerdo de paz.
• El Acuerdo, sin embargo, no protege de la extradición a desmovilizados que reincidan en el narcotráfico.

¿Los miembros de las FARC no quedarán inhabilitados para participar en política? ¿Eso significa que podrán elegir y ser elegidos durante el pago de su sanción?

• La base central del Acuerdo de La Habana es lograr que las FARC sin armas hagan el transito hacía la política siguiendo las reglas de la democracia.

• Inhabilitar la participación política de miembros de las FARC afectaría negativamente su conversión en una organización política en la legalidad, lo que pondría entredicho el éxito del Acuerdo de Paz y las garantías de no repetición.

• La fórmula para promover el paso de las FARC de la ilegalidad a legalidad con plena garantías será definido en el Punto 3 de “Fin del Conflicto”.

• Se trata de ponerle fin del conflicto y construir una democracia en la que nunca más se mezcla la política con las armas.

¿En qué se diferencia lo acordado hoy con el primer texto de los 75 puntos? ¿Qué cambió?

• Durante estos dos meses y medios se logró el cierre definitivo del punto de víctimas.

• Quedó claro que las FARC deben aportar para la reparación económica de las víctimas.

• Se dejó en claro que las sanciones restrictivas de la libertad serán objeto de un riguroso un sistema de seguimiento, monitoreo y vigilancia para garantizar su cumplimiento.

• Se precisó la no extradición por delitos cometidos con anterioridad a la Firma del Acuerdo.


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