La ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio, Elsa Noguera, emitió una circular en la que se precisa que las personas que tengan licencias de construcción aprobadas están protegidas constitucional y legalmente. Esto con el fin de señalar que los municipios no pueden revocar permisos de manera unilateral, sino que deben acudir a las instancias judiciales correspondientes.
“Lo que buscamos con esta circular es aclarar el panorama jurídico para la construcción de vivienda en el sentido que las licencias de construcción se traducen en derechos adquiridos y resulta indispensable que los entes territoriales respeten las reglas de juego para mantener la confianza del sector que tanto le aporta a la economía en generación de empleo y reducción de pobreza”, dijo Noguera.
Esta circular se desarrolló de acuerdo con base en el marco legal vigente y reciente jurisprudencia de la Corte Constitucional, para precisar y dar lineamientos que deben ser tenidos en cuenta en materia de ordenamiento territorial y licenciamiento urbanístico.
La circular expedida por el Ministerio de Vivienda también indica que las normas de los Planes de Ordenamiento Territorial tienen un carácter general, y por lo tanto no se pueden interpretar como autorizaciones específicas para un proyecto. Es decir, un cambio en el POT no reemplaza a la licencia de construcción y esta debe ser solicitada como corresponde para analizar la situación particular. “Si bien a través del POT se define la organización del territorio, el reconocimiento de los derechos se materializa solamente a través de la obtención de la licencia urbanística correspondiente”, precisó la Ministra Elsa Noguera.
La titular de la cartera de Vivienda agregó que con esta circular, el Ministerio busca garantizar la seguridad jurídica, la confianza y la estabilidad de las Licencias Urbanísticas. “Para el Gobierno Nacional es muy importante velar por la seguridad jurídica y la confianza del sector constructor que es un claro motor de crecimiento en todos los departamentos del país”, concluyó.