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Tribunal le colocó falla a Alcaldesa de Yopal. No asistió a importante audiencia sobre situación vial

Tribunal le colocó falla a Alcaldesa de Yopal. No asistió a importante audiencia sobre situación vial
La Alcaldesa de Yopal Luz Marina Cardozo no llegó a la audiencia de pacto de cumplimiento en el Tribunal Administrativo de Casanare en la Acción Popular interpuesta por Oromairo Avella y Jairo Pinto mediante la cual reclaman verificar el estado actual de la infraestructura vial, demarcación y señales de tránsito de Yopal, así como la protección de derechos colectivos a la moralidad administrativa en conexidad con la defensa del patrimonio público ante la firma de un convenio y otro contrato que tendía el mismo objeto misional.

Luego de instalada la audiencia y esperar por casi media hora a la Alcaldesa o su representante, el Magistrado declaró fallida la audiencia por lo que ordenó compulsar copia de la ausencia de la mandataria a la diligencia judicial a los órganos de control.

La Acción Popular pretende que se declare mediante sentencia la protección de los derechos colectivos a la moralidad administrativa en conexidad con la defensa del patrimonio público además que, a través de la Oficina de Control Interno de Gestión o la delegada que corresponda, inicie las acciones administrativas sancionatorias contra los funcionarios responsables de suscribir los contratos que desconocen los manuales y procedimientos de la entidad; permitiendo incluso pagar varias veces a los contratistas por un mismo producto, como fue el caso del convenio 1004 de 2015.

Igualmente insta a requerir a la Alcaldía de Yopal que mientras implementa el Plan Integrado de Movilidad PIMUR, priorice y ejecute actividades como prestar el servicio público de transporte municipal de forma eficiente; establecer ciertamente las rutas y frecuencias del nivel básico; recuperar las señales de tránsito que se encuentren en mal estado; demarcar los cruces viales semaforizados; podar los árboles que obstruyen la visibilidad de semáforos y señales de tránsito; recuperar la malla vial de la ciudad; realizar un mantenimiento efectivo a los semáforos y recuperar el espacio público y facilitar la circulación de los peatones.

Avella informó que se requiere además mediante esa acción al Ministerio de Transporte para que expida un concepto técnico del proyecto del Plan de Movilidad –PIMUR que adelanta Yopal a través del convenio 1004 de 2015; en lo que concierne al cumplimiento de las especificidades técnicas y normativas de la infraestructura y seguridad vial, movilidad y, la implementación del sistema de Fotomultas.

Habrían pagado varias veces por el mismo estudio

La Acción Popular también pretende que se realice una revisión técnica y jurídica al convenio de cooperación 1004 de 2015, suscrito entre el municipio de Yopal y la Asociación Colombiana de Ingenieros de Transportes y Vías –ACIT- Capítulo Casanare, para desarrollar el diagnóstico y formulación del Plan Integrado de Movilidad Urbana y Rural de Yopal –PIMUR en lo relativo a la observancia de requisitos legales para suscribirlo.

Que además se revise el cumplimiento del cronograma establecido para la celebración del contrato, desempeño de actividades a cargo del cooperante y plazo acordado para la entrega del producto final; y si es del caso, por las razones expuestas en el acápite anterior, efectuar la liquidación unilateral del mismo.

Solicitan los peticionarios que se suspenda de forma inmediata los giros de recursos y actas parciales, hasta tanto se determine el cabal cumplimiento de lo señalado en este punto.

Piden al Contencioso Administrativo establecer por qué razón se contrataron actividades que ya habían sido ejecutadas por el mismo contratista en el año 2013, según Contrato de Consultoría No. 101.19. 2013-754. Es decir, en esta oportunidad serían innecesarias y, además, se le estaría pagando dos veces al contratista por un mismo producto.


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