Prenslibre casanare noticias minuto a minuto

Nuestro canal en youtube PrensaLibreCasanare
Camel ingenieria

Consejo de Estado admitió demanda de nulidad contra elección de Doris Bernal como directora de Corporinoquia

 La sala de lo Contencioso Administrativo Sección Quinta del Consejo de Estado, admitió la demanda de nulidad electoral contra el Acuerdo 200.3.2.23-004 del 8 de noviembre de 2023, por medio del cual el Consejo Directivo de Corporinoquia eligió a la Ingeniera Doris Bernal Cárdenas, como directora general, para el periodo institucional del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2027.

La decisión sobre esta demanda de nulidad electoral presentada por el señor Jorge Andrés Rodríguez González, además decreta la suspensión provisional de dicho Acuerdo, es decir Bernal Cárdenas, no puede asumir el nuevo periodo para el que fue elegida a partir del primero de enero, pues esa elección se suspende provisionalmente.

Los argumentos de la demanda señalan que se incurrió en las causales de nulidad dispuestas en el artículo 137 de la Ley 1437 de 2011, referentes a la infracción de norma superior, expedición irregular, desconocimiento del derecho de audiencia y defensa y falsa motivación, así como la de falsedad del artículo 275.3 de la misma normativa, por erigirse contrariando la verdad.

En los antecedentes relacionados en la demanda señalan que el 23 de octubre de 2023, el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Yopal, al admitir una acción de tutela, decidió conceder la medida provisional invocada, y por ello, ordenó «suspender inmediata y provisionalmente el paso 13 del cronograma establecido para el proceso para la elección del Director (a) General de la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquía – Corporinoquia.

El 24 de octubre de 2023, se presentaron varias recusaciones contra los miembros del Consejo Directivo de Corporinoquia; sin embargo, en la página web de la entidad no se observa la publicación de éstas y su resolución.

El 3 de noviembre de 2023, el juez de conocimiento decidió negar el amparo constitucional y levantar la medida cautelar; razón por la cual la entidad medioambiental, el 7 del mismo mes y año, citó a los integrantes de su consejo directivo para sesionar con miras a elegir el director general; diligencia que se adelantaría al día siguiente, esto es, el 8 de noviembre de 2023.

Al enterarse de esta situación, varios de los candidatos y el delegado de la ministra de Medio Ambiente, solicitaron el aplazamiento de la sesión electoral al considerar que según los estatutos esta clase de convocatorias debe hacerse con un lapso mínimo de 5 días de anticipación; adicionalmente tuvieron que modificarla para incluir entre los temas a dilucidar, la decisión de tratar como derechos de petición las recusaciones presentadas.

Sin tener en cuenta lo anterior, 12 de los 17 miembros que componen el órgano directivo, eligieron a la señora Doris Bernal Cárdenas mediante el Acuerdo 200.3.2.23.004 del 8 de noviembre de 2023.

Además, alegó el demandante, que de manera unilateral y arbitraria los integrantes del consejo directivo, decidieron no tramitar las recusaciones presentadas por la veeduría y uno de los candidatos, porque a su juicio no cumplieron los requisitos formales, desconocimiento de lo consagrado en el artículo 12 de la Ley 1437 de 2011 que ordena remitirlas a la Procuraduría General de la Nación cuando el cuórum se encuentra afectado.

Previamente el Ministerio de Ambiente había colocado la lupa en el proceso de elección de directora de la Corporación Autónoma Regional y de Desarrollo Sostenible (CAR) de la Orinoquia, al identificar decisiones tomadas por el Consejo Directivo de la Corporación que advirtió podrían afectar la transparencia en el proceso. Puntualmente en Corporinoquia cuestionó los tiempos de la elección.

 





Comentarios

escucha radio online
Cerrar
Cerrar