La Corte Constitucional le dio un plazo de cuatro meses al INPEC para que reforme el reglamento interno de todos los establecimientos penitenciarios y carcelarios, con el fin de proteger los derechos de los presos con una orientación sexual diferente.
La decisión fue adoptada al estudiar una tutela que presentó un interno de la cárcel de Yopal, quien se quejó por el trato discriminatorio que recibía por parte de la guardia de ese penal por ser un gay transexual.
El recluso señaló que constantemente era amenazado con cortarle el cabello, y que además le habían decomisado los aretes, el kit de maquillaje y los moños para el pelo.
El director de la cárcel de Yopal respondió que el reglamento interno prohibía tener el cabello largo y que no tenía reportes de maltratos al recluso.
Para la Corte los argumentos del centro penitenciario no tienen en cuenta que la Constitución Nacional ordena el respeto por la diversidad. Además impuso restricciones de ingreso a los elementos del interno, sin que mediara una razón suficiente más allá de un vago concepto de disciplina.
“Para el caso particular del actor, la adopción de su identidad sexual está mediada por el uso de maquillaje, el pelo largo y determinadas prendas de vestir. La actuación de las directivas de la cárcel solo se basó en la aplicación de normas reglamentarias”, indica la sentencia.
La corporación también ordena a los directivos de la cárcel que deben adelantar una campaña de sensibilización y capacitación a reclusos y funcionarios sobre el tratamiento que se le debe dar a los presos con diversidad sexual.