La Corte Constitucional declaró ajustado a la Carta Política el acto legislativo a través del cual se aprobó la redistribución de las regalías petroleras en el Congreso de la República.
El alto tribunal rechazó las pretensiones del demandante, quien consideraba que se había omitido la consulta previa a las comunidades indígenas y que era inconstitucional además porque no había sido presentado por el presidente sino por uno de sus ministros.
La Corte sostuvo que la consulta a aborígenes es requisito cuando se promulga la ley y no el acto legislativo y aclaró que los ministros también son representantes válidos del poder ejecutivo, que podían impulsar el proyecto.