Por Adriana Alexandra Ardila
Ante la determinación de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios de descertificar al Municipio de Sabanalarga presuntamente por no haber cumplido con el reporte al FUT de las categorías ingresos y gastos del año 2011 al Sistema General de Regalías para Agua potable y saneamiento básico, este acto administrativo fue objeto de Recurso de Reposición por parte del Alcalde Dumar Alfonso Roa, en el que argumentó:
• El Municipio clasificó los recursos de SGP sector Agua Potable y Saneamiento Básico, de la vigencia 2011 en la elaboración y envío del informe del FUT.
• El Municipio cumplió dentro de las fechas establecidas con el reporte del FUT del IV trimestre de 2011.
Dentro de la investigación se logró establecer que consultadas las bases de datos del FUT se evidencia que el Municipio si cumplió con la obligación del reportar en la cartera FUT-Ingresos, con el inconveniente que los datos fueron cargados en una cuenta diferente, pero que si fueron reportados por el Municipio dentro del plazo establecido razón por la cual si se acredita el cumplimiento del requisito.
En razón a lo anterior, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios expidió Resolución de fecha 22/03/2013 “Por la cual se resuelve un recurso de reposición” y señala en su artículo.
Segundo: “CERTIFICAR al Municipio de Sabanalarga del departamento de Casanare en la administración de los recursos del Sistema General de Participaciones, en desarrollo de lo previsto en el artículo 4 de la ley 1176 y los decretos 1040 y 1629 de 2012”.