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Supersalud le prorrogó la vida 4 meses a la EPS Savia Salud. ¿Esperanza para Capresoca?

 A través de la Resolución 2022320030006141-6 del 27 de septiembre de 2022, la Superintendencia Nacional de Salud prorrogó por (4) cuatro meses la medida de vigilancia especial que rige a la Alianza Medellín Antioquia S.A.S Savia Salud EPS.

La decisión se produce tras concluir que esta administradora de recursos, bajo medida de vigilancia especial, aún debe corregir su situación financiera y mejorar sus indicadores de prestación de servicios a más de 1,6 millones de afiliados concentrados fundamentalmente en el departamento de Antioquia.

Principales hallazgos

Baja cobertura y gestión de programas de promoción y prevención: La EPS presenta debilidades en la implementación, cobertura y gestión en la detección de cáncer cérvico uterino y de cáncer de mama, hecho que se evidencia en los resultados de los indicadores correspondientes al seguimiento de las acciones de gestión del riesgo.

Aumento del 44% en las acciones de tutela: Se evidenció un incremento significativo en el número de recursos radicados por los ciudadanos, de los cuales, un 27% tienen que ver con falta de oportunidad en la asignación de citas con especialista.

Incumplimiento de las condiciones financieras y de solvencia: La EPS no cumple con el indicador de capital mínimo y patrimonio adecuado para las vigencias 2021 y julio 2022. En cuanto al régimen de inversiones, con corte a julio de 2022, la entidad debe tener constituidas inversiones equivalentes al 100% del monto de las reservas de junio de 2022 y de acuerdo con el seguimiento se evidencia que no cumple con el indicador.

Deterioro del indicador de siniestralidad: a diciembre de 2021 estaba en 103% y a junio de 2022 se ubica en 111% frente a los ingresos operacionales.

Asimismo, Savia Salud no cumple con el indicador de capital mínimo, patrimonio adecuado ni régimen de inversiones de la reserva técnica para las vigencias 2021 y 2022.

“Durante estos 4 meses, realizaremos un análisis muy riguroso al esfuerzo de la entidad, para estabilizar su situación financiera y operativa, el reconocimiento y pago de las deudas con la red prestadora y las acciones para atender de manera efectiva los servicios represados o negados a sus usuarios, no permitiremos más dilación en la implementación de acciones de fondo”, aseguró el Superintendente Nacional de Salud, Ulahí Beltrán López.

Esta EPS tiene una participación del 75% en el régimen subsidiado del departamento de Antioquia, con presencia en 122 municipios, de los cuales 18.928 son usuarios diagnosticados con patologías de cáncer, 461 con enfermedades huérfanas, 5.220 con diagnóstico de VIH, 219.528 a enfermedades cardiovasculares y renales y 37.205 con diagnósticos neurológicos, reumatológicos, respiratorios, osteomusculares y trasplantes.

En el acto administrativo que ordena la prórroga de la medida de vigilancia especial hasta el 27 de enero de 2023, la Supersalud establece órdenes de imperativo cumplimiento por parte de la vigilada y que serán objeto de seguimiento mensual, con el objetivo de garantizar continuidad en el aseguramiento, acceso a los servicios con calidad y seguridad en la atención a los ciudadanos. Ordenes contenidas en el “Plan de Choque” La EPS deberá estructurar un plan de trabajo que atienda, entre otros aspectos, lo siguiente: Garantizar suficiencia de la reserva técnica a partir de la aplicación de la metodología de reserva técnica adoptada por la entidad.

Adelantar las acciones necesarias que permitan el mejoramiento de los procesos técnico-científicos y administrativos para el fortalecimiento financiera y patrimonial de la EPS.

Conciliación y recuperación de las cuentas por cobrar con los entes territoriales y demás deudores.

Auditar, conciliar y revelar el impacto en los estados financieros de la Entidad, respecto de las cuentas por pagar a la red prestadora de servicios de salud y proveedores de tecnologías en salid que registran vencimiento mayor a 180 días.

Resolver de fondo las peticiones, quejas, reclamos y denuncias interpuestas por sus afiliados con especial atención en las que representan un riesgo de vida inminente.

Implementar las acciones necesarias para garantizar la prestación de los servicios de salud a la población afiliada.

Constituir un modelo de seguimiento y evaluación de los contratos con la red prestadora de servicios de salud que indica positivamente en los indicadores trazadores de efectividad en la atención.

“Este listado de obligaciones se emite sin perjuicio de las demás acciones y actuaciones que se generen como consecuencia del seguimiento y monitoreo a la medida, aquí lo más importante es garantizar la salud y la vida de los ciudadanos que hoy atraviesan dificultades por barreras en la atención y este tipo de situaciones no las vamos a permitir”, agregó Beltrán López.




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