El Juzgado Primero Administrativo de Yopal negó la pretensión de Nadin Humos Godoy, quien a través de una acción de grupo buscaba que se declara administrativamente y patrimonialmente responsable al Municipio de Yopal y a la Empresa de Energía de Casanare por haber cobrado de manera ilegal el impuesto de alumbrado público desde enero de 2013.
Godoy buscaba a través de la acción judicial que se pagara a los ciudadanos por el daño emergente, el valor correspondiente a los pagos que han realizado desde el año 2013 por concepto de impuesto y por lucro cesante los intereses legales causados.
El ciudadano cuestiona al Municipio por cobrar dicho impuesto sin tener aprobada una ordenanza departamental que regule el proceso y solicitaba que se suspendiera el cobro, sin embargo, la Administración Municipal, respondió señalando que las Entidades territoriales se encuentran plenamente facultadas por la ley 97 de 1913 para crear el tributo de alumbrado público.