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Entutelada Presidenta de Junta de Acción Comunal por no responder derecho de petición

Entutelada Presidenta de Junta de Acción Comunal por no responder derecho de petición
En un hecho sin precedentes, el Juzgado promiscuo municipal de Tauramena tuteló el derecho de petición de un ciudadano y ordenó al Presidente de una Junta de Acción Comunal, a que en el término de 48 horas resuelva de fondo la solicitud de afiliación presentada en dos oportunidades sin obtener respuesta y notifique la respuesta al peticionario.

La decisión cobija a la presidenta de la JAC Piñalito Alto del municipio de Tauramena, Yeimy Rojas Malaver, ante quien el ciudadano Jubell Raúl García Lasprilla presentó por escrito la solicitud de afiliación al organismo comunitario al cual consideraba tener derecho, sin obtener respuesta.

El fallo previene, igualmente, a la dignataria comunal para que “en ningún caso vuelva a incurrir en las acciones y omisiones que dieron lugar a la solicitud de tutela, so pena de incurrir en las sanciones previstas en el decreto 2591 de 1991”.

La Secretaría de Gobierno y desarrollo comunitario de Casanare, que inicialmente había sido vinculada al proceso, fue exonerada de toda responsabilidad en la vulneración del derecho fundamental del ciudadano, protegido por la acción constitucional.

Es pertinente, de acuerdo con la ley, que los representantes de las JAC den respuesta a las solicitudes de los ciudadanos. La acción y omisión en estos casos también genera sanciones.


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