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Hoy audiencia de medida de aseguramiento contra ex Alcalde Celemín y funcionarios del Acueducto de Yopal

Hoy audiencia de medida de aseguramiento contra ex Alcalde Celemín y funcionarios del Acueducto de Yopal
Hoy se cumplirá la audiencia de solicitud de medida de aseguramiento, en el proceso que se surte en contra del ex alcalde de Yopal, Willman Enrique Celemín, el ex gerente de la Empresa e Acueducto y Alcantarillado de Yopal Edwin Miranda y Bladimir Castro, director de la Oficina de Proyectos de la Empresa.

Celemín, Miranda y Castro son requeridos por la Fiscalía 1 Anticorrupción por orden del Juez 13 de Control de Garantías de Bogotá, en una investigación por contratación indebida, peculado, prevaricato y falsedad en documento público, en relación con la construcción de la Planta Modular del Acueducto de Yopal.

Los cargos les fueron imputados la noche del domingo, luego de que fuera legalizada la captura. Cargos que no aceptaron, declarándose inocentes.

Para el desarrollo de las audiencias, ayer a las 5:00 pm. fue trasladado en una camioneta blindada, desde la URI al interior del Palacio de Justicia, el ex alcalde Celemín. Miranda y Castro sí llegaron caminando.

Las audiencias se desarrollaron a puerta cerrada, solo con presencia de familiares de los implicados, puesto que la Fiscalía solicitó que las audiencias fueran reservadas.

María Alejandra Castro Becerra, Juez de Recetor con función de control de garantías con disponibilidad para sábado y domingo, atendió las diligencias judiciales. La Juez Castro seguirá hoy con la audiencia de medida de aseguramiento.
Hoy audiencia de medida de aseguramiento contra ex Alcalde Celemín y funcionarios del Acueducto de Yopal
Los delitos

Artículo 410. Contrato sin cumplimiento de requisitos legales. El servidor público que por razón del ejercicio de sus funciones tramite contrato sin observancia de los requisitos legales esenciales o lo celebre o liquide sin verificar el cumplimiento de los mismos, incurrirá en prisión de sesenta y cuatro (64) a doscientos dieciséis (216) meses, multa de sesenta y seis punto sesenta y seis (66.66) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de ochenta (80) a doscientos dieciséis (216) meses.

Falsedad ideológica en documento público. El servidor público que en ejercicio de sus funciones, al extender documento público que pueda servir de prueba, consigne una falsedad o calle total o parcialmente la verdad, incurrirá en prisión de sesenta y cuatro (64) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de ochenta (80) a ciento ochenta (180) meses.


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