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Unitrópico sería sancionada por la Contaduría General de la Nación


La Contaduría General de la Nación notificó que Unitrópico debe rendir su información financiera, económica, social y ambiental, dentro de los plazos y parámetros establecidos por ésta, al ser una entidad de participación mixta.

La Contaduría General de la Nación, concluyo que si bien la Universidad se constituyó como persona jurídica de derecho privado, la estructura de la composición de su capital la incluye en el ámbito de aplicación del Plan General de Contabilidad Pública-PGCP, en razón a que más del 50% de su capital es aportado por entidades públicas.

El abogado denunciante Joaquín Negrete sostiene que Unitrópico no ha reportado su información financiera, económica, social y ambiental, según confirmó el mismo Contador General de la Nación.

El día 29 de noviembre de 2013 la entidad le solicito a la rectora de Unitrópico Sandra Patricia Rincón, que informara con carácter urgente las razones y/o motivos por los cuales la entidad que ella representa NO remitió la información contable establecida en la ley 298 de 1996 y Resoluciones 248 y 375 de 2007, normatividad que establece los requisitos y los plazos para el envió de la información contable.

El denunciante infiere que presuntamente la señora rectora como representante legal de Unitrópico vulnero el Numeral 52 del artículo 48 de la ley 734 de 2002, “Ley por la cual se expide el Código Disciplinario Único”, establece:

“LIBRO II, PARTE ESPECIAL, T I T U L O U N I C O, LA DESCRIPCION DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS EN PARTICULAR, CAPITULO I, Faltas gravísimas
Artículo 48. Faltas gravísimas. Son faltas gravísimas las siguientes:

Numeral 52. No dar cumplimiento injustificadamente a la exigencia de adoptar el Sistema Nacional de Contabilidad Pública de acuerdo con las disposiciones emitidas por la Contaduría General de la Nación y no observar las políticas, principios y plazos que en materia de contabilidad pública se expidan con el fin de producir información confiable, oportuna y veraz.”

Igualmente la Contaduría General de la Nación fue categórica al establecer que sus conceptos y respuestas son vinculantes, y se sustentan en un precedente constitucional que es de obligatorio cumplimiento, sentencia C-487 de 1997que expresa “Las decisiones que en materia contable adopte la Contaduría de conformidad con la ley, son obligatorias para las entidades del Estado, y lo son porque ellas hacen parte de un complejo proceso en el que el ejercicio individual de cada una de ellas irradia en el ejercicio general, afectando de manera sustancial los “productos finales”, entre ellos el balance general, los cuales son definitivos para el manejo de las finanzas del Estado (…)

Es decir, que por mandato directo del Constituyente le corresponde al Contador General de la Nación, máxima autoridad contable de la administración, determinar las normas contables que deben regir en el país, lo que se traduce en diseñar y expedir directrices y procedimientos dotados de fuerza vinculante, que como tales deberán ser acogidos por las entidades públicas, los cuales servirán de base para el sistema contable de cada entidad” (…) (Subrayado fuera de texto)

Según el denunciante si se llega encontrar falta disciplinaria, Unitrópico puede estar sometida a cuantiosas multas por parte de la CGN y su representante legal a sanciones disciplinarias.

Contraloría Departamental también le pide cuentas

La Contraloría Departamental también acaba de expedir una resolución "Por la cual se establecen directrices para la rendición de la cuenta e informes fiscales, de la Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano - UNITRÓPICO, como ente si/feto de Control Fiscal" .

Según la Contraloría, la Fundación Universitaria Internacional del Trópico Americano UNITRÓPICO, debe realizar la rendición electrónica de la cuenta fiscal consolidada de cada vigencia y remitir con destino a la Contraloría Departamental de Casanare los informes y requerimientos del orden fiscal, que el organismo de control solicite, conforme lo dispuesto en la Ley.

resolucion-contraloria-unitropico.pdf [1.7 Mb] (descargas: 54)


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