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ANLA suspendió vertimientos al Río Cravo Sur a proyecto Rancho Hermoso, licenciado a Ecopetrol y operado por Canacol Energy

ANLA suspendió vertimientos al Río Cravo Sur a proyecto Rancho Hermoso, licenciado a Ecopetrol y operado por Canacol Energy
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, Anla, le impuso a Ecopetrol una medida preventiva con respecto al vertimiento de aguas residuales industriales al punto autorizado sobre el río Gravo Sur en el Departamento del Casanare tras haber recibido quejas de la comunidad.

El 18 de julio de 2013, el presidente de la Junta de Acción Comunal de la vereda Mariara, solicitó de carácter urgente la suspensión del vertimiento de agua al Río Cravo Sur, por parte de la operadora Canacol Energy en el proyecto Rancho Hermoso.

Las autoridades ambientales procedieron a realizar una inspección ocular al área de tratamiento de las aguas residuales industriales, la cual consta de cuatro piscinas de tratamiento, evidenciando que la piscina N°1 se encuentra en proceso de clausura.

De igual manera se evidenció que en la piscina N°2 se disponen las aguas residuales industriales a tratar. A un costado se observó un camión de vacío, el cual se encontraba retirando material flotante con concentración de hidrocarburo en la piscina N°2. En la piscina N°3 se realiza el proceso de aireación de las aguas.

Durante el recorrido se observó que las piscinas N° 3 y 4 presentan fallas por falta de mantenimiento, ya que la geomembrana presenta desprendimiento en la parte alta de la piscina N°4, también presenta abultamiento de aire bajo la capa de geomembrana, generando la exposición del revestimiento de fondo a nivel superficial.

La medida preventiva adoptada tiene como objeto prevenir o impedir la ocurrencia de un hecho, la realización de una actividad o la existencia de una situación que atente contra el medio ambiente, los recursos naturales, el paisaje o la salud humana que se estén causando o puedan causar con la continuidad del vertimiento de aguas residuales, bajo las condiciones encontradas durante las visitas realizadas por la Autoridad Ambiental Regional Corporinoquia y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales Anla, cuyo denominador común fue la verificación del mal funcionamiento del sistema adecuado por la empresa Operadora, para el caso Canacol Energy.

Para el levantamiento de la medida Ecopetrol deberá realizar labores de:

Tratamiento y Disposición Final de Aguas Residuales Industriales: en un término no mayor a un mes deberá informar a la Autoridad cuál de las alternativas ya autorizadas será la implementada para la disposición final de las aguas residuales industriales generadas en la operación del Campo Rancho Hermoso mientras se mantenga la medida preventiva.

Instalación de Barreras para la Acumulación de Hidrocarburo en Piscinas de Tratamiento de Agua Residual Industrial.

El incumplimiento total o parcial a la medida preventiva impuesta en el acto administrativo, será causal de agravación de la responsabilidad en materia ambiental, en caso de que haya lugar a iniciar procedimiento sancionatorio ambiental y se demuestre la existencia de una infracción ambiental.


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