El hecho se presentó producto de las actividades de la obra que desarrolla el Consorcio Vía Monumento al Coleo como parte del mejoramiento de la vía que comunica dicho monumento al aeropuerto Santiago Pérez Quiroz.
Durante la inspección se corroboró el volcamiento de 50 árboles de la especie Oiti (Licania tomentosa) y un individuo de la especie flor amarillo (Tabebuia chrysantha).
Dicha medida preventiva consiste en la suspensión de actividades que impliquen la afectación del recurso flora en la ejecución del contrato N° 380 de 2013 cuyo objeto es el mejoramiento de esta importante vía del municipio de Arauca.
Como parte de las acciones a ejecutar el contratista deberá recoger los individuos y establecer un sitio de acopio para la descomposición del material. Los recursos o productos resultantes del aprovechamiento No podrán ser comercializados y en ningún caso se podrán hacer quemas o entierros.
A su vez, el contratista deberá inspeccionar los árboles que quedaron en pie en los sardineles o separadores de la vía y realizar actividades de bloque que protejan las raíces y contenga el pan de tierra y así evitar el volcamiento de los mismos.
La medida preventiva es establecida de conformidad al artículo 14 de ley 1333 de 2009 “cuando una agente sea sorprendido en flagrancia causando daños al medio ambiente, a los recursos naturales o violando disposición que favorecen el medio ambiente sin que medie ninguna permisión de las autoridades ambientales competentes, la autoridad ambiental impondrá medidas cautelares que garanticen la presencia del agente durante el proceso sancionatorio”.