Propietarios de predios ganaderos que provean a comercializadores de leche cruda para consumo humano, deben certificarse como productores libres de brucelosis y tuberculosis bovina.
El proceso de certificación debe realizarse antes del mes de julio, ante el Instituto Colombiano Agropecuario ICA, según se establece en la Resolución 1385 de 2013, donde se considera que la brucelosis y la tuberculosis bovina son enfermedades zoonóticas que afectan al ser humano y se transmite a través del consumo de productos lácteos crudos.
Pilar Perilla Colmenares, referente de Salud Ambiental de la Secretaría de Salud Departamental, resaltó que con la finalidad de proteger la salud pública, los predios ganaderos proveedores de leche cruda para consumo humano directo, que no cuenten con esta certificación no podrán comercializar este producto.
De igual manera, resaltó la funcionaria que a través de capacitaciones a este gremio, se han dado las recomendaciones para el expendio y distribución de leche cruda, como son:
Estar inscritos ante la Secretaría de Salud Departamental (para el caso de Yopal en la Alcaldía Municipal).
Contar con exámenes médicos al día y certificaciones de curso de manipulación de alimentos.
Hacer uso de cantinas en acero para el transporte del producto.
Que las instalaciones estén ubicadas en lugares alejados de focos de contaminación, los alrededores libres de residuos sólidos y aguas residuales y alejadas de cualquier tipo de vivienda.
Disponer de servicios sanitarios, en buenas condiciones, y conectados a un sistema de disposición de residuos.
No permitir la presencia de animales ni personas diferentes a los operarios en el área de expendio.