La Procuraduría General de la Nación confirmó la decisión de sancionar con destitución del cargo e inhabilidad general por el término de 11 años al Gobernador de Casanare, Óscar Raúl Iván Flórez Chávez, quien fue hallado responsable de irregularidades en la suscripción del contrato de prestación de servicios educativos 009 de 2008 con la "Denominación Misión Panamericana de Colombia".
Inicialmente se investigaron tres cargos: El primero relacionado con el hecho de haber contratado con una entidad que no contaba con la experiencia exigida respecto de la dirección y administración de establecimientos educativos o prestación del servicio educativo, lo cual transgrede los principios de transparencia y de la función administrativa.
El segundo porque celebró el mencionado contrato por un valor inicial de $14.289’351243, a partir de estudios previos deficientes e inexactos, lo que transgrede el principio de economía y planeación señalado en el Estatuto de Contratación Pública.
El tercero por haber permitido que el contrato se ejecutara sin la oportuna y debida interventoría, desprotegiendo los intereses del departamento y de la comunidad educativa beneficiaria del proyecto.
En el curso del proceso disciplinario se evaluaron los argumentos de la apelación y las pruebas presentadas por el investigado para su defensa. Con base en esta evaluación, la Procuraduría decidió calificar la primera y segunda falta de forma definitiva a título de culpa gravísima por violación de reglas de obligatorio cumplimiento.
Con respecto al tercer cargo, teniendo en cuenta que la Directiva 09 del 25 de abril de 2008 emanada del Ministerio de Educación Nacional determina como recomendación y no como obligación la celebración de los contratos de interventoría, se decidió absolver del mismo al gobernador de Casanare.
Si bien en el fallo de segunda instancia el señor Óscar Raúl Iván Flórez Chávez fue absuelto por uno de los cargos, se confirmó la sanción disciplinaria en razón a que se mantuvo el concurso de las faltas.
La decisión fue informada por este órgano de control al Ministerio del Interior y de Justicia y a la Presidencia de la República, para lo de su competencia.