El Tribunal Administrativo de Casanare negó en primera instancia una demanda de pérdida de investidura presentada contra el diputado Luis Alejandro López Ríos, quien había sido señalado de presunta violación al régimen de conflicto de intereses, tras supuestamente actuar como “juez y parte” durante una sesión de la Asamblea Departamental realizada en noviembre de 2024, en la que se eligió al secretario general.
La demanda aseguraba que López participó y votó una recusación que él mismo interpuso contra otro diputado en medio de dicha elección, comprometiendo la imparcialidad e incidiendo en el resultado de una votación dividida en dos bloques políticos.
La acción judicial fue promovida por María Suleida Jiménez Garcés y Juan Javier García Carrizosa, quienes argumentaban que el diputado incurrió en una causal de pérdida de investidura por su participación en dicho proceso. Sin embargo, tras el análisis del caso, el tribunal concluyó que no se configuraron las causales invocadas por los demandantes, pues no se probó un interés directo, particular y actual por parte del diputado y la recusación finalmente fue negada.
En el fallo de primera instancia, el magistrado ponente Leonardo Galeano Guevara determinó negar las pretensiones de la demanda, acogiendo las razones expuestas en la parte considerativa de la sentencia.
Finalmente, el Tribunal ordenó que, una vez en firme la decisión, se remita copia a la Asamblea Departamental de Casanare, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio del Interior, y se proceda con el archivo del expediente, dando por concluido este proceso judicial.