Dentro del Calendario electoral, la inscripción de los candidatos, se extiende hasta el próximo 03 de mayo. Hasta el 10 de ese mismo mes los partidos políticos tiene la posibilidad de hacer modificaciones es la lista de candidatos, porque el 12 de mayo se publicarán los nombres definitivos de los aspirantes.
El 16 de mayo vence el plazo para una eventual revocatoria que se pueda presentar en uno o varios candidatos por causas constitucionales, inhabilidad sobreviniente o evidenciada con posterioridad a la inscripción.
Del 20 al 31 de mayo se hará la designación de jurados y se harán públicos los listados con las personas escogidas para esta labor. Para el 29 de ese mismo mes se tiene prevista la designación de las comisiones escrutadoras y para el 31 se fijó el plazo para la modificación de la lista de candidatos, solo por causa de fallecimiento de alguno de ellos.
Las autoridades electorales establecieron el 15 de junio para dar inicio de la Ley seca y el domingo 16 después de las 4 de la tarde comienzan los escrutinios. El 17 destinará a los de orden municipal y el 18 a los departamentales.
División política
Para este proceso electoral atípico, la Registraduría instalará 523 mesas de votación, o posiblemente menos por el tipo de elección, en 138 puestos de 27 cabeceras municipales y 111 corregimientos, donde podrán sufragar 223 mil 349 ciudadanos; 110 mil 775 hombres y 112 mil 594 mujeres.
Este censo electoral lo conforma el que viene de las consultas de los partidos en 2012 más las cédulas de primera vez, preparadas hasta el 15 de febrero de 2013.
Es decir que las personas que inscribieron sus cédulas durante este año no podrán sufragar, porque la mencionada inscripción entra en vigencia a partir de los comicios de 2014.
Publicidad política
Este tema se encuentra reglamentado en el Artículo 45, Capítulo II de la Ley 1475 de 2011. “Entiéndase por propaganda electoral toda forma de publicidad realizada con el fin de obtener el voto de los ciudadanos a favor de partidos o movimientos políticos, listas o candidatos a cargos o corporaciones públicas de elección popular, del voto en blanco, o de una opción en los mecanismos de participación ciudadana.
La propaganda a través de los medios de comunicación social y del espacio público, únicamente podrá realizarse dentro de los sesenta (60) días anteriores a la fecha de la respectiva votación, y la que se realice empleando el espacio público podrá realizarse dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de la respectiva votación”.
Agregó la registradora encargada para Casanare, que para tener una mayor precisión del número de cuñas permitidas, así como avisos en medios impresos y vallas publicitarias los interesados deben consultar la Resolución 00832 del 05 de marzo de 2013 del Consejo Nacional Electoral.
Gastos de campaña
Las sumas máximas permitidas que puede invertir cada candidato en su campaña fueron fijadas igualmente por el Consejo Nacional Electoral mediante resolución 00226 del 29 de enero de 2013.
El Artículo primero de dicho documento dice: “Fijar los límites al monto de las campañas de Gobernaciones para las elecciones que se realicen durante el año 2013, de la siguiente manera:
d) En las Circunscripciones departamentales con censo electoral comprendido entre 100.001 y 500.000 electores cada campaña podrá gastar por todo concepto, hasta la suma de Setecientos Diecinueve Millones de Pesos moneda legal colombiana ($719.000.000.oo)”.
Transporte de tarjetones y escrutinios
Para los municipios y lugares más apartados del departamento o de difícil acceso, se coordina con la Fuerza Aérea el traslado de todo el material electoral y los posteriores resultados.
De igual forma se contará con presencia de la Fuerza Pública a lo largo y ancho del territorio casanareño, especialmente en los puntos de votación para garantizar que se adelante esta jornada democrática en completa calma, sin alteraciones del orden público.
La Gobernación de Casanare hará un aporte de 100 millones de pesos para la logística de estas elecciones.