A cuatro meses de las elecciones presidenciales, entra a regir la ley de Garantías Electorales. El presidente Juan Manuel Santos y la mayoría de su gabinete tendrás restricciones.
La ley limita la contratación pública y las apariciones públicas. Según la Procuraduría, “el primer Mandatario seguirá siendo un funcionario público, no un candidato hasta el 25 de enero de 2014, cuando su campaña quede oficialmente inscrita”.
“El Gobierno Nacional y sus entidades no podrán realizar vinculaciones a la nómina estatal por causas diferentes a la muerte del funcionario o a la renuncia irrevocable”, advirtió la Procuraduría.
La directora de la Misión de Observación Electoral, MOE, Alejandra Barrios, advirtió que el presidente Juan Manuel Santos, una vez inscriba su campaña, no podrá utilizar los bienes del Estado a su favor, siempre y cuando sean para seguridad, teniendo en cuenta que ostenta la primera magistratura.
“Ya no se pueden volver a hacer contratos, no se pueden hacer contratos interadministrativos y en lo que tiene que ver con la entrega de bienes y servicios el presidente de la república o sus voceros, ninguno de ellos puede hacer entrega de ningún bien o ningún servicio” explicó Barrios.
Agregó que esta labor tiene que ser delegada a cualquier persona y el presidente tiene que dejar claramente definido “cuando está actuando como presidente y cuando está actuando como candidato, por lo que no puede utilizar los símbolos patrios cuando esté actuando en calidad de candidato”.
La jefa del organismo, advirtió que el presidente tampoco podrá referirse a sus contendores, pero si lo podrá hacer cuando actúe como presidente-candidato.
“Si el presidente como presidente de la república se refiere a los otros candidatos u otras organizaciones políticas con las que está en competencia, estas organizaciones políticas tienen todo el derecho de pedir o los candidatos de exigir una réplica en la misma hora durante el mismo tiempo que utilizo el presidente de la república”, afirmó la directora de la MOE.
Enfatizó que el presidente como candidato, actúa como candidato y tiene toda la posibilidad de contestar a sus contendores y cuando actúa como presidente de la república, no puede referirse a los otros candidatos y las otras campañas.
La señora Barrios, añadió que el presidente Juan Manuel Santos no puede inscribirse solo, sino con su fórmula vicepresidencial, y tiene plazo hasta el 07 de marzo.
“Todos los candidatos tienen plazo para inscribirse a la presidencia de la república, hasta el 07 de marzo, excepto que vayan a consultas (como es el caso de la Alianza Verde) y tienen que inscribirse los dos, tanto como el aspirante a la presidencia y el vicepresidente; no puede inscribirse el candidato a la presidencia, sin su fórmula”.
En caso de que se quiera modificar una de las fórmulas, podrá hacerse 5 días después de la inscripción para la presidencia y vicepresidencia.