La Registraduría Nacional del Estado Civil remitirá hoy viernes al Consejo Nacional Electoral 217 listas de Concejo Municipal y Juntas Administradoras Locales presentadas por parte de los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos que no quedaron inscritas por no haber cumplido con la cuota de género ordenada por la nueva Reforma Política.
La remisión se hace para que el Consejo Nacional Electoral evalúe algunos casos especiales de las 217 listas remitidas por la Entidad, como por ejemplo listas que sí cumplían con la cuota de género de al menos el 30% de mujeres entre los candidatos inscritos, pero que en último momento quedaron por fuera porque el 18 de agosto, día en que venció el plazo de modificaciones, renunció una candidata en último momento, afectando el requisito de la cuota de género.
También se presentan casos de listas en las que se registraron renuncias de hombres, para poder cumplir con la cuota de género, pero la renuncia se presentó después del 18 de agosto.
De las 217 listas que no cumplieron con la cuota de género, 112 corresponden a candidatos para Concejos y 105 para Juntas Administradoras Locales, en 132 municipios de 26 departamentos del país.
En Antioquia 34 listas incumplieron la cuota de género, 29 en Valle, 21 en Córdoba, 17 en Cauca, 16 en Cesar, 15 en Santander 14 en Cundinamarca, 12 en Bolívar, 11 en Magdalena, 10 en Chocó, 9 en Boyacá, Tolima y Nariño, 8 en Huila y Norte de Santander, , 7 en Casanare, Todas las listas cumplieron con la cuota de género en Amazonas, Caquetá, Guainía, Guaviare, Putumayo, San Andrés y Vaupés.
En Montería 21 listas para JAL del Partido Cambio Radical, Partido Conservador, El Polo Democrático Alternativo, el Partido de la U y el Partido Verde no cumplieron con la cuota de género. En Bogotá, la lista inscrita por PAIS para la Junta Administradora Local de Puente Aranda no cumplió con la cuota de género. Lo mismo ocurrió en Medellín con listas presentadas por el Partido de la U, AICO, Partido Cambio Radical y el Partido Conservador para distintas Juntas Administradoras Locales; en Cali con listas presentadas por ASI, el Partido Verde, el Partido Conservador y el PIN, también para distintas Juntas Administradoras Locales; en Cartagena con listas para JAL del MIO y en Bucaramanga con listas para diversas JAL del PIN, el Partido Liberal y el Partido Conservador, entre otros.
De acuerdo con la Ley 1475 de 2011, “los partidos y movimientos políticos con personería jurídica podrán inscribir candidatos a cargos y corporaciones de elección popular previa verificación del cumplimiento de las calidades y requisitos de sus candidatos, así como de que no se encuentran incursos en causales de inhabilidad o incompatibilidad. Dichos candidatos deberán ser escogidos mediante procedimientos democráticos, de conformidad con sus estatutos. Las listas donde se elijan 5 o más curules para corporaciones de elección popular o las que se sometan a consulta -exceptuando su resultado- deberán conformarse por mínimo un 30% de uno de los géneros”.
Después del periodo de inscripción de candidatos para las elecciones de autoridades locales que venció el 10 de agosto, los funcionarios electorales competentes notificaron por escrito a los partidos y movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos que inscribieron las listas sin este requisito para que las subsanaran durante el tiempo de modificaciones que venció el 18 de agosto, y así cumplieran con el artículo 28 de la Ley 1475 de 2011.