El ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Juan Camilo Restrepo Salazar anunció la liberación de las exportaciones de ganado en pie macho pero notificó que se mantendrán las restricciones a las exportaciones de hembras para no desbalancear la demografía del hato ganadero.
El ministro indicó que la liberación de las exportaciones de ganado macho, ante los efectos de la ola invernal, se hará de manera ordenada y advirtió que se mantendrán severos controles sanitarios en fronteras y puertos de exportación.
Reiteró el interés del Gobierno colombiano para reiniciar exportaciones agropecuarias hacia Venezuela. Recordó que los acuerdos celebrados en Bogotá en abril de este año, están pendientes de la ratificación necesaria por parte de las autoridades de Caracas. Sobre estas decisiones, el ministro Restrepo Salazar expidió el siguiente comunicado:
Adopción de medidas sobre exportaciones de ganado en pie de la especie bovina
Frente a las medidas adoptadas por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR) en relación con las exportaciones de ganado en pie, el Jefe de la cartera agropecuaria se permite señalar que:
1. Es propósito del MADR mantener un adecuado flujo comercial de productos del sector ganadero, garantizar un inventario de ganado en el mercado doméstico que permita continuar con la política de repoblamiento bovino y fortalecer la oferta exportable de carne y productos cárnicos.
2. Ante la expectativa que generó el restablecimiento de las relaciones económicas y políticas con el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, la agresiva política de repoblamiento bovino que tiene este país, sumado a las distorsiones que generó el sistema cambiario implantado por el Gobierno de Venezuela, exigió del Gobierno Nacional, adoptar medidas tendientes a prevenir una salida masiva y desordenada de ganado bovino en pie.
3. Como consecuencia de lo anterior, mediante el Decreto 2000 de junio de 2011, se establecieron las siguientes medidas:
Restricción de exportación de las demás hembras
1,000 cabezas de machos puros bovinos reproductores
1,000 cabezas de hembras puras bovinos reproductores
14,000 cabezas de los demás machos bovinos
Total: 16 mil
4. Durante los últimos meses, algunos ganaderos del país han manifestado al Gobierno Nacional la necesidad de atender otros frentes de exportación distintos al venezolano y que se convierten en una fuente importante de ingresos en medio de la crisis generada por las condiciones climáticas.
5. En consecuencia, ante estas nuevas circunstancias y conscientes de las necesidades manifestadas por algunos sectores ganaderos del país, el MADR solicitó a los miembros del Comité Triple A, la ampliación de los cupos establecidos en el Decreto 2000.
6. Esta medida se plasmó en el Decreto 3046 de 2011, reglamentado mediante Resolución 246. Los contingentes totales de exportación quedaron así:
Cupo Definitivo
Restricción de exportación de las demás hembras
1,000 cabezas de machos puros bovinos reproductores
3,500 cabezas de hembras puras bovinos reproductores
67,500 cabezas de los demás machos bovinos
Total: 72 mil
7. No obstante lo anterior, ante la fuerte ola invernal pronosticada por el IDEAM para los próximos meses y los consecuentes efectos delicados que ello puede generar en zonas de gran relevancia ganadera, así como los efectos perversos que este fenómeno climático puede generar en los precios del ganado en el país.
En este sentido, los efectos de la Ola Invernal han golpeado y pueden seguir golpeando aún más la actividad ganadera del país, forzando sacrificios inmoderados al interior del país deprimiendo la rentabilidad de la actividad ganadera.
Por esa razón el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural ha establecido cupos o contingentes holgados de exportación de ganado para contribuir a la mejora de la rentabilidad ganadera, y a partir de la solicitud que está elevando al Comité Triple A, planteará la conveniencia de liberar completamente la exportación de ganado macho, manteniendo, eso sí, las necesarias restricciones a las exportaciones de vientres.
En este orden de ideas, el MADR ha evaluado el tema técnicamente y decidió:
- Mantener la restricción actual a las exportaciones de las demás hembras, toda vez que resulta fundamental para la continuidad de la política, y evitar así un desbalance de la demografía del hato colombiano.
- Permitir la exportación del contingente de hembras puras, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 3046, y en las condiciones establecidas en las resoluciones reglamentarias correspondientes. Es importante señalar que este cupo obedece al compromiso con Venezuela.
- Quedan liberadas de manera temporal las exportaciones de los machos reproductores de raza pura.
- Quedan liberadas de manera temporal las exportaciones de los demás machos bovinos.
Con las medidas que propondrá el MADR al Comité Triple A se busca, entre otros objetivos, que la actividad ganadera colombiana pueda empezar a atender con flexibilidad mercados promisorios de carne como los que empiezan a abrirse a los países árabes.
Es importante advertir que las medidas estarán sujetas a un riguroso seguimiento y control, no solo a los flujos de comercio sino del estricto cumplimiento de las normas sanitarias, por parte del MADR y de los organismos sanitarios del país, para que en el evento en que las condiciones cambien, se tomen las acciones correspondientes por parte del Gobierno Nacional.
Igualmente, se tomarán las medidas de control y supervisión necesarias para que las exportaciones del país se reanuden ordenadamente hacia Venezuela, una vez que las autoridades de ese país refrenden los compromisos de exportación de productos agropecuarios de origen colombiano, que se celebraron en Bogotá el pasado mes de abril y sobre lo cual no hemos tenido pronunciamiento oficial de las autoridades en Caracas.
8. En consecuencia con estas consideraciones, el MADR solicitará formalmente al Comité Triple A modificar los Decretos 2000 y 3046 en los términos expuestos.