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ESTA SEMANA INICIÓ PRIMER CICLO DE VACUNACIÓN CONTRA AFTOSA Y BRUCELOSIS

ESTA SEMANA INICIÓ PRIMER CICLO DE VACUNACIÓN CONTRA AFTOSA Y BRUCELOSIS
A través de la Resolución 001148 de 2012, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) estableció para este año el primer ciclo de vacunación contra la Fiebre Aftosa y la Brucelosis Bovina , cumpliendo así con su obligación de velar por la sanidad agropecuaria del país y evitar la entrada y propagación de plagas o enfermedades que puedan afectar la ganadería nacional.

Este primer ciclo de vacunación contra Fiebre Aftosa deberá realizarse en todo el territorio nacional a excepción de los animales ubicados en el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, las islas de Gorgona y Malpelo y el Urabá chocoano.

Por su parte, el ciclo contra Brucelosis Bovina se deberá aplicar en toda hembra bovina y bufalina cuya edad sea entre tres y ocho meses, exceptuando aquellas ubicadas en la provincia de García Rovira (Santander), las provincias Norte y Gutiérrez (Boyacá) y el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
Entre el 7 de mayo y el 20 de junio, la vacunación tampoco se realizará en Boyacá debido a las condiciones climáticas. Por esta razón, el ciclo quedó establecido para el periodo comprendido entre junio 1 y julio 15 de 2012.

Es importante recordar que la vacunación contra Aftosa es de carácter obligatorio y sólo debe aplicarse en las especies bovinas y bufalinas, por lo que no se autoriza la inmunización de otras especies susceptibles, tales como cerdos, ovinos y caprinos. Únicamente se podrán usar las vacunas que hayan sido evaluadas y aprobadas por el ICA de acuerdo con las normas vigentes.

En cuanto a las zonas fronterizas, específicamente los departamentos que están determinados como Zona de Alta Vigilancia (ZAV), entre los que se encuentran La Guajira , Norte de Santander, Nariño y Putumayo, así como Arauca, Vichada y Boyacá, la vacunación contra Fiebre Aftosa se realizará en barrido, al inicio del ciclo, y tendrá supervisión oficial.

En predios definidos por el ICA como de alto riesgo de ocurrencia de Fiebre Aftosa y en aquellos con más de 500 bovinos, se deberá vacunar en las tres primeras semanas del ciclo. Las organizaciones ganaderas autorizadas programarán tales vacunaciones en las semanas indicadas por la entidad. Cabe destacar que es responsabilidad de los ganaderos que movilizan animales desde las zonas libres de Fiebre Aftosa sin vacunación a regiones en donde la inmunización es obligatoria, que vacunen en el lugar de destino.

En cuanto a la vacunación de brucelosis bovina, los ganaderos la podrán llevar a cabo directamente en sus terneras con previa autorización del ICA. Para ello deberán contar con la asistencia de un médico veterinario o médico veterinario zootecnista con matrícula profesional, quien será el responsable de la adquisición de las vacunas en las organizaciones gremiales ganaderas. Las terneras mayores de ocho meses de edad que por razón justificada no sean vacunadas contra esta enfermedad dentro del ciclo establecido y que requieran ser movilizadas, deberán ser vacunadas previa autorización o supervisión del ICA.


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