La Gobernación de Casanare no pagará la millonaria suma que exigía la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal para atender el plan de contingencia y por el contrario la EAAAY deberá pagar intereses moratorios sobre la suma embargada y secuestrada dentro del proceso de jurisdicción coactiva 2017-003, según un fallo del Tribunal Administrativo de Casanare.
La demanda había sido interpuesta por el Departamento de Casanare el 18 de abril de 2018 ante el Contencioso Administrativo para declarar la nulidad de los actos demandados como la cuenta de cobro 0010 por valor de $ 2.362.587.943 de 27 de septiembre de 2017; la resolución de 3 de enero de 2018 y 3 de abril por medio de las cuales se realizó la liquidación del crédito en la suma de $3.372.262.520, firmados por la entonces Agente Especial, Luz Amanda Camacho Sánchez.
El Tribunal Administrativo de Casanare ordenó condenar a la EAAAY al pago de intereses moratorios sobre las sumas embargadas y secuestradas dentro del proceso de jurisdicción coactiva desde que se ejecutó la medida hasta que fueron levantadas por el Tribunal mediante auto de 21 de mayo de 2018.
Dentro de los argumentos de la defensa judicial de la Gobernación de Casanare está que se produjo un perjuicio irremediable debido a que la EAAAY afectó el erario departamental, pues se embargaron cuentas corrientes de libre destinación utilizados para gastos de funcionamiento de la Gobernación de Casanare que pudo repercutir en una crisis administrativa en tanto que no podrían cancelarse las obligaciones salariales y administrativas establecidas.
La responsabilidad de esas hoy desafortunadas decisiones para la empresa, fue de la entonces Agente Especial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, Luz Amanda Camacho Sánchez.