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Minvivienda nuevamente defendió sitio donde se construirá Planta de tratamiento de Agua Potable de Yopal

Minvivienda nuevamente defendió sitio donde se construirá Planta de tratamiento de Agua Potable de Yopal
Por Prensa Minvivienda

Ante algunos comentarios e inquietudes relacionados con los terrenos para la construcción de la Planta de Tratamiento de Agua Potable de Yopal, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ratificó a la opinión pública que el sitio dispuesto cumple con todos los requisitos, de acuerdo con distintos apiques y sondeos realizados.

En relación con el sitio proyectado para la construcción de la Planta de Tratamiento de Agua Potable, los soportes técnicos realizados por la firma CHS SA, consultora de los diseños, incluyen una investigación de geotécnia y los estudios de suelos, realizándose tres apiques y dos sondeos SPT. Dando cumplimiento a lo establecido en las Resoluciones 379 de 2012 y 504 de 2013 del mecanismo de viabilización de proyectos del Viceministerio de Agua y Saneamiento Básica.

A las respectivas muestras de suelos tomadas en los apiques y sondeos se les realizaron ensayos de laboratorio para determinar, entre otros, los siguientes parámetros: Límites de Consistencia, Granulometría por tamizado, Corte Directo (CD) (UU), Contenido de humedad, Peso Unitario (húmedo y seco) y Análisis granulométrico. Los resultados de los estudios de suelos fueron incluidos por la consultoría.

Los señalados estudios, contienen una investigación de los suelos del área de la vereda La Vega, la que se realizó empleando las técnicas de apiques, trinchera, sondeos eléctricos verticales y pozos de observación, que permitieron definir aspectos como: La estabilidad del terreno en la cuenca aguas arriba de los sitios de captación; la estabilidad del terreno en los sitios de captación, a lo largo de los corredores de tuberías y en los posibles sitios de plantas de tratamiento; la capacidad portante a lo largo de los corredores de aducción y en los posibles sitios de plantas de tratamiento; el potencial de licuefacción del terreno en los sitios de captación y de la planta de tratamiento, y la agresividad corrosiva del terreno a lo largo de los corredores de tuberías. Con base en esta información se realizaron los diseños de las obras proyectadas.

Con fundamento en lo anterior, se puede observar que los diseños de la planta de tratamiento de agua no están soportados con un solo apique sino en tres apiques y dos sondeos. Así mismo, los apiques y sondeos realizados en el sitio proyectado para la construcción de la planta de tratamiento, se encuentran dentro del área de intervención de dichas obras.

En relación con la ubicación de la línea de aducción, la parte de su trazado que se ubica sobre una terraza de la planicie de inundación del río Cravo Sur, fue diseñada contemplando que la tubería sea localizada a una profundidad que impide que sea socavada por la corriente del río que desborda dicha planicie.

Además de lo anterior, ante las observaciones formuladas por la comunidad de La Vega, el consultor incluyó una capa de gravas dentro del relleno para la tubería, de un tamaño que permite su acorazamiento y protección ante la fuerza de la corriente. También, ha incluido una protección de orillas y barrancos con un revestimiento en roca, con el objeto de estabilizar la orilla desde el sitio de la captación superficial hasta el sitio de la planta de tratamiento de agua potable.

Como se ha anotado, el trazado de la línea de aducción no se localiza sobre el cauce principal del río Cravo Sur. Prueba de ello es que tanto para el momento del levantamiento topográfico, como para el día de la visita realizada por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio el pasado día 13 de agosto de 2014, la planicie o terraza inferior del río Cravo Sur, no se encontraba inundada.
Minvivienda nuevamente defendió sitio donde se construirá Planta de tratamiento de Agua Potable de Yopal
En relación con la ubicación del tanque desarenador y de la planta de tratamiento, estas estructuras se localizan en la Terraza Intermontana del Valle de La Vega. De acuerdo con los estudios, esta terraza no es susceptible de inundación por desbordamiento del río Cravo Sur. Conclusión de la consultoría, que fue confirmada por los vecinos de la mencionada vereda en la visita realizada por esta cartera el pasado 13 de agosto.

Sobre la ubicación del desarenador, el paramento de cierre de esta estructura se encuentra a 54 metros, de la orilla del barranco que delimita la terraza intermontana con la planicie de inundación o terraza inferior del río Cravo Sur. La información de fotografías aéreas e imágenes de satélites disponibles para los estudios del proyecto, indican que no hay historia reciente de que la orilla del río estuviese localizada en el sitio propuesto para el desarenador.

Adicionalmente, existe una terraza intermedia entre el sitio del desarenador y la planicie de inundación, en la cual se ha desarrollado una vegetación arbórea de gran altura, con un desarrollo que indica una consolidación de muchos años, lo cual actúa de protección contra un desplazamiento de la orilla del río Cravo Sur en dicho sitio.

En igual sentido, respecto de la preocupación del señor Francisco Barrera propietario de la Finca El Milagro, se revisó la información contenida en el oficio radicado ante la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal- EICE ESP-, y fue analizado el comportamiento histórico de la orilla del río Cravo Sur entre los años 1969 y 2007, concluyendo que en dicho sector se evidencia un proceso de erosión lateral, que de acuerdo con los análisis de los consultores de los estudios, se localiza en una longitud de 260 metros, con un desplazamiento máximo 43 metros.

Al medir sobre los planos del proyecto la distancia entre la carretera El Morro-Yopal hasta la orilla de la planicie de inundación del río Cravo Sur por el lindero Sur del cerramiento propuesto para la planta de tratamiento de agua potable, en predio de la Finca El Milagro, de propiedad del Señor Francisco Barrera, existe una longitud del orden de 378 metros, lo que permite concluir que entre los años 2007 a 2014 la orilla se ha mantenido y no se evidencia el desplazamiento de la orilla del orden de los 100 metros aludido.

Efectivamente, en el sitio propuesto para la captación superficial (bocatoma), se encuentra una protección consistente en un revestimiento con rocas. Dicha obra tiene por finalidad contener la erosión lateral de la orilla por el ataque de la corriente del río en dicho lugar y no el desbordamiento del río sobre el predio aledaño a la orilla, ante el ascenso del nivel de sus aguas.

Los estudios evaluaron dos alternativas de localización para la planta de agua potable, i) una en el valle del río Tocaría y ii) la otra en el valle de La Vega en la cuenca del río Cravo Sur; dichas alternativas informan que las condiciones geotécnicas son similares en ambos sitios. En uno y otro caso la planta puede ser construida sobre un depósito aluvial con óptimas condiciones de cimentación y de estabilidad. No obstante lo anterior, el valle aluvial del río Tocaría presenta una fuerte amenaza por inundación que no existe en la terraza intermontana del valle de La Vega.

La no ubicación de la planta de tratamiento sobre la margen izquierda de la carretera El Morro-Yopal, obedece a que esta zona es susceptible en mayor medida a movimientos de remoción en masa, según el Mapa Nacional de Amenaza por Movimientos en Masa, elaborado por el hoy Servicio Geológico Colombiano y el Ideam, en el año de 2010 (Plancha 5-10).

En consecuencia, la ubicación de la planta de tratamiento sobre la margen derecha de la vía la aleja de la zona más susceptible a esta amenaza.

Respecto a las dudas existentes sobre el proceso de socialización con los habitantes del sector, en los estudios del proyecto se incluye información referente a reuniones con los vecinos, la cual puede ser consultada en las oficinas de la EAAAY. Y como refuerzo de dicha socialización y por solicitud de la comunidad, se encuentran publicados los pretérminos del proceso de contratación, con la finalidad de garantizar una adecuada divulgación a los ciudadanos del alcance e impacto del proyecto y recibir las observaciones al mismo.

Con respecto al impacto que, sobre las aguas del río Cravo Sur, genere la actividad petrolera aguas arriba (Floreña) de la captación del sistema de abastecimiento de agua para la ciudad de Yopal, es pertinente mencionar que este tipo de proyectos de explotación petrolera, cuentan con Licencia Ambiental, instrumento de control que permite no sólo tomar las medidas para prevenir, mitigar, controlar, compensar y corregir los posibles efectos del proyecto sobre los componentes bióticos, abióticos y sociales. Además, establece los permisos ambientales que requiere cada intervención, y define los planes de seguimiento, evaluación y monitoreo, así como los de contingencia del respectivo proyecto, tanto en su etapa de construcción, como de operación y desmantelamiento.

En este orden de ideas, son las autoridades ambientales los responsables de vigilar el comportamiento y cumplimiento de las acciones impuestas a estos proyectos.


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