Se trata de un proceso ejecutivo como consecuencia de un acta de liquidación del contrato 972 de diciembre del 2009. El objeto contractual consistía en la construcción de la primera etapa del megacolegio Ezequiel Moreno de Villanueva. Allí se reconocieron en un acta final unas cantidades de obra mayores por un costo de 3.600 millones de pesos.
Los contratistas Consorcio ACHG Villanueva 2009 pasaron la reclamación para el cobro de esa acta, la administración no la pagó, argumentando algunas razones de tipo jurídico, por lo que presentaron la demanda en el Tribunal Administrativo de Casanare, donde fue rechazada en primera instancia considerando que esa acta de liquidación no prestaba merito ejecutivo.
Los contratistas, entonces apelaron ante el Consejo de Estado, quién revocó la decisión del Tribunal, considerando que dicha acta si representaba merito ejecutivo, por lo tanto presentaron la acción ejecutiva y como medida preventiva pidieron el embargo de las cuentas del departamento en una suma que normalmente en derecho procesal siempre se pide el embargo hasta el doble de la cifra que se está ejecutando. En este caso 8.000 millones de pesos.
La oficina de defensa judicial de la Gobernación de Casanare, está adelantando las acciones necesarias dentro del proceso para desembargar las cuentas y esperando el pronunciamiento del Tribunal al respecto.
Las cuentas de la Gobernación siguen embargadas preventivamente, que es una medida que la ley la permite.
Según el abogado Fabio Pinilla, director de la Oficina de defensa judicial de la Gobernación, “Al darle mérito ejecutivo al acta final el Consejo de Estado, es muy difícil desvirtuarla. Es como si una letra de cambio usted la presenta al juzgado y le reconocen que presta merito ejecutivo con todos los requisitos, pues es muy complicado desvirtuarlo. Lo que se puede hacer frente a la decisión del Consejo de Estado, es buscar cómo pagar esa obligación que según el Consejo de Estado, el departamento adeuda en este momento”.
De otro lado se evalúa si el acta final que generó esta demanda ejecutiva contra la Gobernación, fue firmada con todos los requisitos por parte de los funcionarios de la Gobernación, para iniciar las acciones de tipo fiscal, disciplinario y penal, contra dichos funcionarios. Dicha acta fue firmada por el interventor y el supervisor.