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Nuevo fallo fiscal por $2.585 millones contra ex Gobernador de Casanare Withman Porras

Nuevo fallo fiscal por $2.585 millones contra ex Gobernador de Casanare Withman Porras
La Contraloría General de la República profirió fallo con responsabilidad fiscal por $2.585 millones de pesos contra el ex Gobernador de Casanare, Withman Herney Porras Pérez, la Unión Temporal “CASANARE HABITAT DE PAZ” y la firma interventora Consorcio JG - 2004, por el indebido reconocimiento que se hizo al mencionado contratista de $1.973 millones, por concepto de desequilibrio económico en un contrato de obra de 2004 cuyo objeto era construir 1.055 viviendas de interés social en este departamento.

De esas 1.055 viviendas contratadas por el departamento de Casanare se construyeron 882 y quedaron sin construir 173 que, pese a ello, le fueron pagadas en su totalidad al contratista.

Los recursos pagados por la Gobernación eran provenientes de regalías y dejaron de destinarse al fin que tienen las mismas: satisfacer necesidades básicas de su población como salud, educación, saneamiento básico y otros.

Los $2.585 millones establecidos como responsabilidad fiscal por la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción deben ser resarcidos por:

El entonces Gobernador Withman Herney Porras Pérez; la empresa contratista Unión Temporal CASANARE HABITAT DE PAZ, integrada por Luis Fernando Escobar Martínez, José Arney Mesa Rosas, Julio César Augusto Lozada Vargas, y la sociedad MRB representada legalmente por Martha Inés Buitrago; y por el interventor Consorcio JG – 2004, integrado por Juan Carlos Belalcazar Benítez y por la Sociedad Grupo G&B, representada legalmente por Jairo García García.

Hechos investigados

El contrato de obra 936 de 2004, objeto de esta investigación, tenía por objeto construir 1.055 viviendas de interés social en los municipios de Yopal, Trinidad, Paz de Ariporo, Monterrey, Támara, Chámeza, Recetor, Sabanalarga, Pore y Sácama.

El día 2 de agosto de 2007 se terminó el contrato; el 30 de noviembre de 2007 se suscribió el acta de recibo de obra y el contratista presentó ante la Gobernación de Casanare liquidación por desequilibrio económico por un valor de $4.293 millones, con el fin de obtener reconocimiento de dicha suma.

El contratista presentó este reclamo solo al final del contrato y no durante la ejecución del mismo, situación que va en contravía del estatuto contractual y de la jurisprudencia colombiana.

El 28 de diciembre de 2007, las partes de común acuerdo liquidaron el contrato y suscribieron el acta de liquidación final, en la cual se estableció que la entidad contratante (la Gobernación de Casanare) reconoce y acepta pagar a favor del contratista (Unión Temporal CASANARE HABITAT DE PAZ) la suma de $2.949 millones, por los siguientes conceptos:

Mayor permanencia en la ejecución del contrato.

Mayores cantidades de obra generadas por la realización de actividades no previstas pero ejecutadas dentro del desarrollo del contrato.

Obras adicionales inherentes al objeto del contrato.

Menor cantidad de vivienda construida.

Ajuste de precios ocasionados por la mayor permanencia en la obra.

Y mora en el pago de las obligaciones.

Finalmente, el 31 de diciembre de 2007 se le canceló a la Unión Temporal la suma de $1.973 millones (no se pagaron todos los $2.949 millones acordados), como resultado del reconocimiento de la ruptura del equilibrio contractual.

Para la CGR tal reconocimiento fue indebido y produjo un daño patrimonial al departamento de Casanare, que se vio afectado por no recibir estos recursos de regalías.

Daño patrimonial

Uno de los reproches que hace la Contraloría es el hecho de habérsele reconocido y pagado al contratista por hechos cumplidos, o sea por obras que a pesar de haber sido ejecutadas, no fueron pactadas en el contrato ni en ninguna de sus modificatorios.

Adicionalmente, en virtud de lo anterior, el valor inicial del contrato fue superado en su 50% al finalizar el mismo a causa de la mencionada solicitud de desequilibrio económico, y ello obedeció a la indebida planeación que también es imputable al contratista, pues no cumplió con su deber de colaborar con la administración para el logro de los fines del Estado.

Los $2.585 millones de daño patrimonial resultan de indexar (ajustar al IPC) la suma pagada indebidamente por la Gobernación de Casanare a la Unión Temporal ($1.973 millones).

La CGR consideró que la gestión fiscal del contratista fue antieconómica, ineficaz e ineficiente. Estimó además que el Gobernador Porras y el interventor obraron con culpa grave, el primero al autorizar el pago indebido a la Unión Temporal y el segundo al estar de acuerdo con ello.


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