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TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CASANARE SANCIONÓ POR DESACATO AL ALCALDE CELEMÍN

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CASANARE SANCIONÓ POR DESACATO AL ALCALDE CELEMÍN

En respuesta a la Acción Popular interpuesta por el abogado Wlfran Amadel Castillo Rodríguez, vocero coordinador de la veeduría ciudadana, en contra del municipio de Yopal, la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo, el Fondo de Adaptación y el DNP, el Tribunal Administrativo de Casanare decidió en el incidente de desacato en contra del Alcalde Wilman Celemín, el ex Gerente de la EAAAY Edwin Miranda Plazas y la Gerente del Fondo de Adaptación Carmen Elena Arévalo Correal, por presunto incumplimiento de las medidas cautelares ordenadas en sentencia del 28 de junio de 2012.

Dicha decisión los declara responsables a título de culpa, imponiendo las siguientes sanciones:

Al Alcalde de Yopal Willman Enrique Celemín Cáceres, una multa equivalente a 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes, teniendo en cuenta su cargo, que en tal condición es el responsable directo de los servicios públicos de Yopal y que además tenía disponibilidad jurídica y material sobre el presupuesto municipal para destinarlo parcialmente a la solución del tema agua a la población de Yopal. También por ser el coordinador del comité de verificación.

Al Ingeniero Edwin Miranda Plazas por acciones y omisiones mientras desempeñó el cargo de Gerente de la EAAAY, una multa equivalente a 30 salarios mínimos legales mensuales vigentes, en razón de su cargo y que como tal tenía la función de adoptar las medidas más adecuadas para suministrar agua potable en forma permanente y continua a la población de Yopal; y porque como ejecutor de los dineros provenientes del Departamento de Casanare y del Municipio de Yopal, debía destinarlos de la manera más eficiente y adecuada.
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CASANARE SANCIONÓ POR DESACATO AL ALCALDE CELEMÍN

Y a la Doctora Carmen Elena Arévalo Correal, una multa equivalente a 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes, porque omitió prestar la colaboración necesaria para suministrar agua potable en forma permanente y continua a la población de Yopal a pesar de estar obligada al cumplimiento de las medidas cautelares, no solo en virtud de la sentencia, sino por ser la representante legal del Fondo de Adaptación, que precisamente fue creado para intervenir en caso de calamidades públicas. A esta servidora pública se le hace una disminución de la sanción porque no obstante su renuencia inicial, a raíz del paro ocurrido a mediados del mes de marzo de 2013 y la intervención de autoridades del orden nacional, finalmente ha ofrecido cubrir parte del costo de la Planta Modular.

Si dentro de los 5 días siguientes al término indicado no se demostrare el pago a favor del Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos, se convertirían en arresto”, señala el fallo del Tribunal Administrativo de Casanare.


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