La Alcaldía de Villanueva expidió el Decreto No. 062 del 10 de diciembre de 2013, por medio del cual se establecen medidas de comportamiento ambiental para el uso de fuentes hídricas como áreas de esparcimiento y recreación en el municipio.
En dicho decreto se prohíbe el lavado de gallinas, cerdos o cualquier otra especie utilizada en los paseos de ollas en las fuentes hídricas o cerca a estas. La disposición de basuras o residuos en las fuentes hídricas o cerca a estas, en ningún caso es permitido dejar bolsas de basuras en los lugares donde desarrolla el paseo de olla y se debe disponer en lugares y en los horarios establecidos por la empresa de servicios públicos para su recolección, no se permite quemar la basura.
Se prohíbe el lavado de vehículos (carros, bicicletas, motocicletas) en las fuentes hídricas o cerca a estas; así como el parqueo de estos vehículos dentro de los cauces de las fuentes hídricas.
Igualmente se insta a turistas y residentes a utilizar vajillas y bolsas reutilizables y rechazar las bolsas plásticas y utensilios desechables.
También se prohíbe dejar hogueras, fogatas o fogones encendidos producto de los paseos de ollas. Terminado el paseo se debe apagar completamente la hoguera y dejar totalmente limpio el lugar.
En el decreto se restringe la quema de basuras en solares o en la vía pública; por ningún motivo se permite quemar basura, llantas, residuos de jardín, poda de árboles, o cualquier otro tipo de material en área internas de la vivienda o en espacios públicos.
La Alcaldía de Villanueva, advirtió que las prohibiciones establecidas en el decreto aplican para turistas, residentes y dueños de negocios ubicados cerca de las fuentes hídricas y zona urbana según corresponda.
Se convocó a la comunidad para que haga valer su derecho de disfrutar de fuentes hídricas limpias y de un ambiente sano y que no permita que otros las contaminen y destruyan, denunciando ante la Secretaria de Medio Ambiente y Desarrollo Económico del Municipio.
La persona que infrinja lo establecido, será objeto de aplicación del comparendo ambiental o de las medidas de policía o del régimen sancionatorio ambiental el cual aplicara la autoridad competente. La administración municipal, la Policía, Corporinoquia, cuerpos de socorro y líderes comunitarios harán patrullajes ambientales con el fin de detectar infractores ambientales, especialmente en estos sitios de recreación, se indicó.