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Concejo de Yopal declaró infundadas las objeciones al plan de desarrollo 2016-2019

miguelangelok | Yopal | | comentarios: 1
Concejo de Yopal declaró infundadas las objeciones al plan de desarrollo 2016-2019
Por Prensa Concejo Yopal

Luego de conocer el informe de la Comisión Accidental para las objeciones al Plan de Desarrollo 2016-2019, la plenaria del Concejo de Yopal declaró infundadas las mismas, pues dentro de este informe se establece que la Administración Municipal desconoce el principio de Unidad de Materia, jurisprudencia de la Corte Constitucional, como también las normas que rigen el Plan de Desarrollo y las atribuciones propias del Concejo Municipal.

Dentro de las objeciones presentadas por el Gobierno Municipal se evidenció que la intención era incluir dentro del plan de desarrollo el articulado que había sido eliminado desde la Comisión de Planeación, donde se le otorgaba al Alcalde de Yopal facultades para autorizaciones, un crédito por $25,000,000,000,00, la creación de Asociaciones Publicas - Privadas, reestructuración de la planta de personal, entre otros, siendo estos “micos” dentro del documento, como lo denominó el concejal José Humberto Barrios.
Concejo de Yopal declaró infundadas las objeciones al plan de desarrollo 2016-2019
Barrios, presidente de la Comisión Accidental, indicó que “es evidente la intensión de la Administración Municipal de querer auto otorgarse y auto facultarse para ejercer funciones que son propias, inherente y prevalentes del Concejo Municipal, pues todo lo que ellos quieren hacer lo tiene que adelantar por medio de Proyectos de Acuerdos Municipales, donde se guarden la misma unidad de materia y el mismo argumento lógico y jurídico para poder llevarlo a cabo”.

Ante la decisión de la plenaria de declarar infundadas las objeciones al plan de desarrollo, la Administración Municipal tendrá 10 días para decidir y enviar el documento al Tribunal Administrativo de Casanare, con el objetivo de que esta corporación judicial se pronuncie en una única instancia, donde decidan si son o no infundadas las objeciones.


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