Eliver Moreno Pacheco fue elegido este miércoles como Personero Provisional de Yopal en el Concejo Municipal.
El personero (e) es abogado de la Universidad Autónoma de Colombia y especialista en Gobierno y Gestión del Desarrollo Regional y Municipal de la Universidad Católica de Colombia. Además, cuenta con más de diez años de experiencia en el sector público y llevaba nueve meses desempeñándose como personero delegado de Asuntos Judiciales y de Policía de esta agencia del Ministerio Público en Yopal.
“No seré inferior al compromiso que estoy asumiendo, estamos dispuestos a continuar con el trabajo y a seguir defendiendo el interés de la comunidad, para salvaguardar los derechos fundamentales de los yopaleños. Estaré al frente del cargo mientras sigue en curso el proceso que se adelanta con el titular de la entidad” sostuvo Moreno Pacheco.
Era la única hoja de vida "habilitada" ya que los demás candidatos no contaban con especialización. 15 votos positivos y dos ausencias fue la votación que lo eligió. Los otros candidatos eran Henry Galvis y Stefania Rivera.
La designación se da luego que el Tribunal Administrativo de Casanare decretara al inicio de esta semana la suspensión provisional de la elección del Personero de Yopal, César Hernando Figueredo Molano, electo el 30 de diciembre de 2016, por presuntas irregularidades en el proceso de elección.
Sustenta el fallo que los concursos previstos en la Ley deben conformarse como procedimientos abiertos en los que cualquier persona que cumpla con los requisitos de Ley tenga la posibilidad efectiva de participar.
Uno de los argumentos expuestos en la demanda que consideró validos el Contencioso Administrativo, fue que varios de los concursantes denunciaron que para la presentación de la prueba escrita realizada por la Universidad del Trópico Americano, no se cumplió con lo establecido en la citación, pues no hubo control de ingreso, la hora de inicio no se respetó, no se pidió documento de identificación para ingresar al salón donde se debían aplicar las pruebas, se permitió la entrada de bolsos, celulares y otros aparatos electrónicos, además que no estaba garantizada la cadena de la custodia de las pruebas.
Además, debido a que no se aplicaron las pruebas en cumplimiento al cronograma establecido, se realizó nuevamente el 12 de diciembre.
“Resulta antijurídico que, después de ocurrido el evento (no presentaron las pruebas aludidas por ninguno de los concursantes el día 4 de diciembre de 2016) se pretendiera derogar ex post facto la regla que señalaba que si no se presentaba a las pruebas sería excluido del concurso.
La demanda fue interpuesta por el abogado Miguel Alfonso Pérez Figueredo, César Ortiz Zorro, Heyder Alexander Silva y Juan Vicente Nieves González.