Un drama se vivió ayer en el aeropuerto El Alcaraván de Yopal, donde Lida Yaneth Barreto Lizarazo, madre de un menor de 9 años se apostó a las afueras de la terminal para impedir que su hijo fuera llevado a Italia con su nueva familia adoptiva.
Según Lida quien es madre soltera de cinco hijos, desde hace dos años el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar le quitó la custodia del menor sin justa causa, debido a los malos comentarios de una vecina.
Desde entonces, Lida inició todo el proceso para que le devolvieran al niño que fue llevado un hogar sustituto y ahora habría sido entregado en adopción a una familia italiana.
Uno de los argumentos del ICBF, es que Lida no tenía los recursos para sostener a sus 5 hijos, a lo que ella responde que tiene un apartamento en Torres de San Marcos y trabaja en marroquinería lo que permite brindarle lo necesario a sus pequeños.
“Es evidente de que hay dinero de por medio, mi hijo fue vendido, pero él debe estar es con su mamá y sus hermanos”, sostuvo la angustiada mamá.
No es cierto que no tengo capacidad económica; Marco Tulio me dio una casa, tengo una empresa de marroquinería y de eso puede dar fe el programa “Mi negocio” de prosperidad social. Si estoy laborando y sacando a mis hijos adelante, agregó.
Después de averiguar que su hijo tendría vuelo ayer a las 3:40, estuvo toda la tarde en el aeropuerto expectante de todos los vehículos que parqueaban en el ingreso para impedir que abordara el avión. Hacia las 6 de la tarde un comentario que señalaba que el menor habría ingresado con una gorra por la puerta de la salida, la descompuso, por lo que debió intervenir la Policía, que permitió el ingreso de la mujer a la plataforma.
Lida subió videos y fotos sobre su caso a redes sociales y de inmediato empezaron a llegar, más mujeres que se solidarizaron por el hecho, quienes anunciaron que hoy asistirán a las instalaciones del ICBF para reclamar una explicación y claridad sobre el proceso del menor.
En el Aeropuerto se conocieron más casos de presuntas irregularidades en la restitución de derechos de menores, donde varias madres afirmaron que el ICBF les arrebató a sus hijos sin suficientes argumentos y a la fecha no conocen de su paradero.
Ante la insistencia para que la directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en Casanare, Jenny Rincón, hiciera claridad sobre el proceso; finalizada la noche emitió el siguiente comunicado de prensa.
“El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en aras de dar claridad sobre el trámite de los procesos de adopciones indica a la opinión pública, que un proceso administrativo de restablecimiento de derechos se inicia cuando un niño, niña o adolescente se encuentra en estado de amenaza o vulneración de derechos y lo que busca es restaurar la dignidad e integridad de los niños y niñas, garantizando su protección integral.
Es el Defensor de Familia como autoridad administrativa y el equipo interdisciplinario, quiénes después de una verificación de derechos, de una intervención a la familia biológica y de una búsqueda de familia extensa, determinan las medidas de restablecimiento que en última instancia pueden llegar al reintegro familiar o la declaratoria de adoptabilidad.
Frente a la garantía del debido proceso, se indica que tanto el ministerio público como la familia biológica son vinculados al desarrollo del proceso de declaración de adoptabilidad, y todas las garantías procesales son valoradas, evaluadas y decididas por el Juez de Familia, quien mediante una revisión de los trámites adelantados y el ejercicio de entrevistas correspondientes homologan la decisión de adoptabilidad emitida por la Defensoría de Familia. Para el caso que circula a través de redes sociales, la declaratoria de adoptabilidad fue dada el 4 de diciembre de 2015 y la homologación fue decretada por el juez de familia el 23 de junio de 2016.
La ley de infancia y adolescencia en su artículo 75 determina que todos los documentos y actuaciones administrativas o judiciales propios de un proceso de adopción tienen reserva legal, por lo anterior no es posible hacer referencia de un caso específico para conocimiento público, salvaguardando además la dignidad y el interés superior de los niños, niñas y adolescentes. Por último, es importante señalar que los hogares sustitutos son medidas de protección provisional, en donde se brinda el cuidado y protección temporal, mientras se define la situación legal del niño o niña, y se realiza el proceso de reintegro familiar o la búsqueda de una familia adoptante, según corresponda; este proceso de búsqueda de una familia requiere de un trámite de preparación, en donde se identifica una idoneidad física, mental, moral y social, para garantizar la asignación del niño o niña”.