La Administración Municipal informó que en cumplimiento de la Resolución 5194 del 2010 por la cual se reglamenta la prestación de los servicios de cementerios, inhumación, exhumación y cremación de cadáveres, se dio inicio al proceso de extracción de restos óseos de las bóvedas del cementerio.
El artículo 20 de la Resolución en mención define que el tiempo mínimo de permanencia para poder realizar la exhumación de un cadáver será el siguiente:
De esta manera, la alcaldía invitó a familiares o conocidos de los cuerpos inhumados en el Parque cementerio, desde el 2004 hasta el 2014, a acercarse ante la Secretaría de Gobierno (diagonal 15 No. 15-21) o a la empresa en CEIBA EICE, (Transversal 18 No. 07 - 05), con el fin de realizar el trámite correspondiente de exhumación.
La Administración Municipal recordó a los interesados que el proceso de exhumación puede ser con posterior traslado a osario o cremación.