El próximo sábado 18 de diciembre se celebrarán las elecciones de los representantes del Comité Municipal de Discapacidad de Yopal. En total, 2.469 personas están habilitadas para votar. Los comicios se desarrollarán en el coliseo Bicentenario entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m.
Cualquier persona con discapacidad, que cumpla una serie de requisitos, podrá postularse como candidato.
Requisitos para ser candidato
Quienes deseen postularse como candidatos, tienen plazo para inscribirse hasta el 10 de diciembre.
Para personas naturales u organizaciones sin ánimo de lucro que agrupen ciudadanos con algún tipo de discapacidad y padres de familia de personas con discapacidad intelectual: Fotocopia de la cédula de ciudadanía. Fotografía tipo cédula fondo blanco. Presentar uno de los siguientes certificados: Certificado de discapacidad expedido por la EPS - Certificado del antiguo RLCPCD - Certificado de discapacidad con base Resolución 113 del 2020.
Para personas jurídicas cuya capacidad de actuación gire en torno a la atención de ciudadanos con discapacidad, los requisitos son todos los anteriores más: Certificado de existencia y representación legal de la organización expedido por la Cámara de Comercio de Casanare, cuya fecha de expedición no sea superior a tres meses. Certificado donde conste que por lo menos el setenta por ciento de las personas naturales que integran la respectiva organización cuentan con discapacidad. Carta de presentación por parte del representante legal de la organización que representa. Documento en el que exprese el compromiso de informar a sus representados y de generar espacios de toma de decisiones conjunta.
Toda la documentación se recibirá en la Oficina de la Secretaría de Gobierno de la Alcaldía de Yopal, ubicada en la diagonal 15 No. 15-21, hasta las 5:00 p. m. del 22 de noviembre de 2021, en sobre cerrado, dirigido a la Secretaría de Gobierno Municipal – Mesa Técnica del Comité Municipal de Discapacidad-.
Requisitos para votar
Estar inscrito como votante en el municipio de Yopal. Estar inscrito en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad.
Las personas con discapacidad intelectual, visual o múltiple, deberán estar acompañadas de un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y/o primero civil.
La persona con discapacidad no podrá ser representada más de una vez para votar. Cada persona solo podrá votar por uno de los postulados de una organización según el tipo de discapacidad.
Presentar, al momento de la votación, el documento de identidad (cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, tarjeta de identidad, pasaporte, registro civil o el comprobante del documento en trámite, expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil).
Los menores de edad que tengan algún tipo de discapacidad podrán ejercer su derecho al voto por medio de sus cuidadores.