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MOE aclaró prohibiciones para los Candidatos al Congreso de la República en última semana de campaña


Los candidatos al Congreso de la República tienen una serie de restricciones al acercarse el día de las elecciones.

Estas restricciones inician después de la media noche del domingo 2 de marzo y tienen por objeto que en el silencio electoral, los ciudadanos puedan reflexionar y analizar con calma las propuestas de los diferentes candidatos en contienda. La MOE presenta las prohibiciones que tienen los candidatos al Congreso en esta semana.

I. REUNIONES POLÍTICAS EN ESPACIO PÚBLICO

El domingo 2 de marzo es la fecha límite para los cierres de campaña en lugares públicos. A partir del lunes 3 de marzo hasta el lunes 10 de marzo los candidatos no pueden llevar a cabo reuniones en espacio público, manteniéndose la posibilidad de hacerlas en espacios privados.

II. PROPAGANDA ELECTORAL Y PROGRAMAS DE OPINIÓN

En la semana pre electoral está permitido que las y los candidatos sean entrevistados, de igual manera pueden participar en programas de opinión.

En lo concerniente a la propaganda electoral, hasta el sábado 8 de marzo está permitida su distribución y difusión.

El día de elecciones se prohíbe toda clase de propaganda, manifestaciones y comunicados con fines político-electorales a través de radio, prensa y televisión, así como, propaganda móvil, estática o sonora. Es así como los candidatos no podrán colocar nuevos carteles, pasacalles, vallas y afiches destinados a difundir su nombre y/o propuestas de campaña, así como su distribución a través de cualquier tipo de vehículo terrestre, nave o aeronave.

Asimismo, los ciudadanos no podrán portar camisetas o cualquier prenda de vestir alusiva a propaganda política, afiches, volantes, gacetas o documentos similares que inviten a votar por determinado candidato.

En lo referente a los medios de comunicación, estos nos podrán trasmitir el 9 de marzo propaganda política y electoral, ni realizar o publicar encuestas, sondeos o proyecciones electorales.

III. ESPACIOS GRATUITOS DE RADIO Y TELEVISIÓN

Hasta dos días antes de las elecciones (7 de marzo de 2014) los partidos y movimientos políticos, las organizaciones sociales y grupos significativos de ciudadanos pueden hacer uso de los espacios gratuitos de radio y televisión

Las restricciones anteriormente mencionadas se encuentran en la Ley 130 de 1994 que hace referencia a la prohibición de propaganda electoral y encuestas en el día de las elecciones; la Ley 163 del 1994 que regula la publicidad del día de los comicios y finalmente, la 1475 de 2011 que establece los parámetros para el uso de los espacios gratuitos de radio y de televisión. Para complementar las leyes anteriormente mencionadas, el Ministerio del Interior expidió el Decreto 415 de 2014 que regula los aspectos relacionados a orden público.

Por otra parte la ley seca comienza el sábado 8 de marzo a las 6:00 pm y termina el lunes 10 de marzo a las 6:00 am. El porte de armas se restringe desde el viernes 7 de marzo hasta el miércoles 12 de marzo. El decreto de orden público que expiden las distintas alcaldías puede restringir la circulación de motocicletas, automotores y embarcaciones. En el caso de las motocicletas, el decreto puede restringir el uso de parrilleros.


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