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Magistrados de la Corte Constitucional estarían impedidos para resolver tutela sobre consultas populares

Magistrados de la Corte Constitucional estarían impedidos para resolver tutela sobre consultas populares
En aras de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia, imparcialidad y garantía de los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, comunidades de diferentes partes del país solicitaron enfáticamente a los magistrados Diana Fajardo Rivera, Cristina Pardo Schlesinger y Alejandro Linares, declararse impedidos y apartarse de la revisión que está realizando la Corte Constitucional a la acción de tutela interpuesta por la empresa Mansarovar Energy Colombia Ltda, contra el Tribunal Administrativo del Meta, en el caso de la Consulta Popular celebrada el 4 de junio de 2017 en el municipio.

La solicitud fue hecha en el plantón realizado por representantes de las comunidades frente a la Corte Constitucional el pasado 12 de abril, en el momento en que se adelantaba la Audiencia Pública en la Corte, para discutir la potestad de las consultas populares ante las actividades extractivas en el país. Ante el silencio de los magistrados para declararse impedidos, las comunidades están analizando la posibilidad de denunciarlos ante la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes que es su juez natural.

Durante la intervención realizada en la Audiencia Pública, el abogado Rodrigo Negrete Montes reveló los motivos que impiden a los magistrados realizar la revisión de la tutela.

Magistrada Diana Fajado Rivera

En cabeza de la entonces directiva de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado -ANDJE-, Diana Fajado Rivera, la entidad solicitó a la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que se dejara sin efecto la Sentencia del 7 de marzo de 2017, mediante la cual el Tribunal Administrativo del Meta declaró constitucional la consulta popular del Municipio de Cumaral, Meta, lo que evidencia un pronunciamiento previo por parte de la Magistrada frente al mismo asunto.

Igualmente, Negrete destaca que el fallo de primera instancia de dicha tutela por parte del Consejo de Estado se produjo el 30 de mayo de 2017 y la Magistrada Fajardo se posesionó en la Corte Constitucional el 6 de junio de 2017.

Magistrada Cristina Pardo Schlesinger

Por su parte, la Magistrada Cristina Pardo Schlesinger se desempeñó como Secretaria Jurídica de la Presidencia de la República desde 2010 hasta 2017 y durante su desempeño debió revisar y poner el visto bueno a los decretos 934 del 9 de mayo de 2013 y 2691 del 23 de diciembre de 2014, los cuales cercenaban la autonomía territorial, prohibían a los municipios prohibir la minería y ponían a primar la minería sobre los demás actividades que se desarrollan en los territorios, normas que por ser violatorias de la autonomía territorial, fueron suspendidas posteriormente por el Consejo de Estado.

Pardo se posesionó como Magistrada de la Corte Constitucional el 16 de mayo de 2017.

Magistrado Alejandro Linares Cantillo

En cuanto al Magistrado Linares, actual Presidente de la Corte Constitucional, fue vicepresidente jurídico de Ecopetrol. Siendo Magistrado se pronunció en contra de las consultas populares y de la autonomía territorial, en el Congreso Nacional de Minería, celebrado en mayo de 2017 en Cartagena.

“Si se siguen propagando esas consultas populares a lo largo de Colombia, va a ser muy fácil que todo el mundo prohíba la minería, pero yo creo que ahí todos tenemos que tener un rol de sensatez para que esto se pueda llevar a cabo”, dijo. Y a renglón seguido aseguró que algunas decisiones judiciales son excesivas sobre todo en materia de tutela, “pero yo creo –continuó-, que con la nueva Corte éste va a ser un tema que va a volver a un cauce natural en la medida en que la mayoría de los nuevos elegidos son copartidarios del doctor Luis Emilio Sierra, es gente, digamos, más sensata y menos progresista”.

Así mismo, el abogado Rodrigo Negrete explicó que fueron las Magistradas Fajardo y Pardo, como parte de la Sala de Selección Número 8, quienes eligieron para revisión de la Corte Constitucional la referida tutela, insinuando la decisión de limitar el alcance de este mecanismo de participación ciudadana. Por tal motivo se ha generado gran preocupación entre las comunidades ante el riesgo de que la Corte le haga el juego a los mineros y petroleros, en contra de los derechos fundamentales de los colombianos y de la autonomía territorial.

Los intereses económicos no pueden estar por encima de la Constitución

Mediante comunicaciones remitidas en diciembre de 2017 y abril de 2018 a la Corte Constitucional, más de 300 organizaciones y personas naturales, 64 ONG europeas, algunas de ellas consultivas del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturares de las Naciones Unidas, solicitaron al alto tribunal no limitar el alcance de las consultas populares, pues es uno de los mecanismos más importantes del país.

Adicionalmente expresan que la tutela presentada por Mansarovar no cumple con los requisitos establecidos por la misma Corte para interponer tutelas en contra de sentencias judiciales, como ocurre en este caso y que por tanto debe ser rechazada.


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