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ÚLTIMOS DÍAS PARA RENOVAR LA MATRÍCULA MERCANTIL

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ÚLTIMOS DÍAS PARA RENOVAR LA MATRÍCULA MERCANTIL
Por Nidia Yaneth Nossa Granados

La Cámara de Comercio de Casanare dispuso de varios mecanismos para la renovación de la matrícula mercantil antes del 31 de marzo de 2013, como lo dispone el artículo 33 del código de comercio.

Es así, como los empresarios y comerciantes pueden efectuar la renovación de la matrícula por medio del pago en las oficinas de la entidad en Yopal, Paz de Ariporo, Aguazul, Tauramena y Villanueva; por internet o en las campañas de “Cámara Itinerante”, donde los funcionarios se desplazan a los municipios que no hay sede.

Este año, la CCC implemento realizar la renovación por internet como una forma ágil y oportuna, a través del pago con tarjeta débito, crédito o transferencia de banco a banco en la página web: www.cccasanare.co en el link de servicios en línea.

Al finalizar el proceso, el sistema envía al correo electrónico de la persona natural o jurídica los enlaces con los soportes (en PDF) de la transacción realizada, para que el empresario los descargue y los guarde como confirmación del pago efectuado.

NO PIERDA LOS BENEFICIOS DE LA LEY 1429 Y RENUEVE A TIEMPO

Las pequeñas empresas que se acogieron a los beneficios contemplados por el artículo 4 de la ley 1429 de 2010, es decir que se matricularon en el 2011 o 2012, deben renovar antes del 31 de marzo de 2013, para no perder los beneficios otorgados por esta ley.

Según el decreto 4910 de 2011, que reglamenta la citada ley, en el artículo 9 establece que no “procederá el beneficio de progresividad en el impuesto sobre la renta y complementarios, cuando se incumpla con la renovación de la matrícula mercantil dentro de los tres primeros meses del año, cuando no se paguen en su oportunidad legal los aportes a salud y demás contribuciones de nómina, o cuando no se cumpla con el deber legal de presentar las declaraciones tributarias de orden nacional y territorial y de realizar los pagos de los valores a cargo en ellas determinados, auto liquidados o liquidados por la Administración, dentro de los plazos señalados para el efecto”.

Por lo anterior, la CCC convocó a los empresarios y comerciantes a que se eviten inconvenientes y renueven antes del 27 de marzo de 2013, teniendo en cuenta que la última semana de marzo es Semana Santa.

Para las personas naturales y jurídicas que se acojan a la ley este año, se aclara que los beneficios no aplican para establecimientos de comercio, sucursales o agencias, los cuales deberán pagar los derechos de matrícula y renovación anual.

Para la constitución de personas jurídicas aplica el cobro por los derechos de inscripción del acto de Constitución con su respectivo Impuesto de Registro Departamental.


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